Estado de México - Ayuntamiento de Jilotzingo - (MEX)
Solicitud del día 28/02/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Jilotzingo - (MEX) del órgano Estado de México
Descripcióncon fundamento en la ley organica Municipal del Estado de México Artículo 84.- El presidente municipal, al inicio de su período constitucional, convocará a organizaciones sociales de la comunidad para que se integren a la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal. Artículo 85.- La Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal contará con un mínimo de cinco miembros encabezados por quien designe el ayuntamiento, y podrá tener tantos como se juzgue conveniente para el eficaz desempeño de sus funciones, los cuales durarán en su encargo el período municipal correspondiente. solicito saber en que fecha convoco la Presidenta Municipal para integrar la comisión para la planeación para el desarrollo Municipal y a quien designo el ayuntamiento para encabezar dicha comisión, solicito evidencia de la convocatoria y el acuerdo del ayuntamiento donde designan quien encabece, en la administración Municipal de Jilotzingo, Estado de México 2022-2024Respuesta del día22/03/2024Texto de respuestaSe proporciona la respuesta a la solicitud de información, 00095JILOTZIN/IP/2024Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-581820