Estado de México - Comisión del Agua del Estado de México - (MEX)
Solicitud del día 28/02/2024 a la dependencia Estado de México - Comisión del Agua del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónSé que la CONAGUA ha realizado un estudio hidrológico detallado de los diferentes ríos que desembocan en el Lago de Texcoco en el marco del Proyecto de construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Me interesa conocer diferentes datos hidrológicos concernientes al río Coxcacoacao, en el municipio de Texcoco: - volumen de escurrimiento - caudal máximo anual del río (m3/s) -Caudal de avenida para un periodo de retorno de 10, 20 y 50 años (m3/s) -Periodo de retorno de lluvias torrenciales para el Estado de México - probabilidad de excedencia del río para un periodo de retorno de 10, 20 y 50 años - nivel de aguas máxima ordinarias - media de los gastos máximos anuales producidos durante 10 años consecutivos - delimitación de la zona federal del río, en particular dentro del Parque Nacional Molino de Flores. Coordenadas geográficas: Latitud: 19.512455° y Longitud: -98.837356°. Para la delimitación de la zona federal, le agradecería remitir mapa en caso de que existiera o bien las coordenadas geográficas que permitan delimitar la zona federal. - Anchura del cauce del río, en particular dentro del Parque Nacional Molino de Flores. Coordenadas geográficas: Latitud: 19.512455° y Longitud: -98.837356°. - amplitud de la zona federal dentro del Parque Molino de Flores (5 o 10 metros en cada ribera?) dentro del Parque Nacional Molino de Flores. Coordenadas geográficas: Latitud: 19.512455° y Longitud: -98.837356°.Respuesta del día11/03/2024Texto de respuestaOficio No. 219C0110010000S/ 0433 /2024 Naucalpan de Juárez, Estado de México 08 de marzo de 2024 ESTIMADO PETICIONARIO FOLIO DE LA SOLICITUD: 00070/CAEM/IP/2024 En respuesta a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que con fundamento en los artículos 2, fracciones III, VII; 4; 15; 24 fracciones XI y XXIV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 53, fracciones II, V y VI, su petición formulada en la Unidad de Transparencia de la Comisión del Agua del Estado de México vía electrónica se ha registrado con el número de folio 00070/CAEM/IP/2024, misma que a la letra dice: “Sé que la CONAGUA ha realizado un estudio hidrológico detallado de los diferentes ríos que desembocan en el Lago de Texcoco en el marco del Proyecto de construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Me interesa conocer diferentes datos hidrológicos concernientes al río Coxcacoacao, en el municipio de Texcoco: - volumen de escurrimiento - caudal máximo anual del río (m3/s) -Caudal de avenida para un periodo de retorno de 10, 20 y 50 años (m3/s) -Periodo de retorno de lluvias torrenciales para el Estado de México - probabilidad de excedencia del río para un periodo de retorno de 10, 20 y 50 años - nivel de aguas máxima ordinarias - media de los gastos máximos anuales producidos durante 10 años consecutivos - delimitación de la zona federal del río, en particular dentro del Parque Nacional Molino de Flores. Coordenadas geográficas: Latitud: 19.512455° y Longitud: -98.837356°. Para la delimitación de la zona federal, le agradecería remitir mapa en caso de que existiera o bien las coordenadas geográficas que permitan delimitar la zona federal. - Anchura del cauce del río, en particular dentro del Parque Nacional Molino de Flores. Coordenadas geográficas: Latitud: 19.512455° y Longitud: - 98.837356°. - amplitud de la zona federal dentro del Parque Molino de Flores (5 o 10 metros en cada ribera?) dentro del Parque Nacional Molino de Flores. Coordenadas geográficas: Latitud: 19.512455° y Longitud: -98.837356” (sic) Al respecto, le informo que, en primer término, debe precisarse que de conformidad con el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios: “Los sujetos obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” …2 -2- Oficio No. 219C0110010000S/ 0433 /2024 Naucalpan de Juárez, Estado de México 08 de marzo de 2024 Una vez realizado el análisis de la solicitud por las áreas que conforman la Dirección General de Operaciones y Atención a Emergencias; le comento que no se cuenta con dicha información, por ser de competencia del ámbito Federal, por lo que se deberá canalizar la solicitud a la Dirección Local del Estado de México de la CONAGUA, con domicilio en Av. Estado de México 2301, Ote. Col. Llano Grande, Metepec, Estado de México. Sin otro particular por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. A T E N T A M E N T E STEPHANIE VALERO SÁNCHEZ JEFA DE LA UNIDAD DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA E INFORMÁTICA, Y TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIAArchivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-581886