Estado de México - Ayuntamiento de Chiautla - (MEX)

Solicitud del día 06/03/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Chiautla - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónCopia de acta de sesión de cabildo de aprobación del presupuesto aprobado para la comunidad de Atenguillo Chiautla, Estado de México, de manera pública para los años 2022, 2023 y 2024.Respuesta del día04/04/2024Texto de respuestaCon fundamento en lo establecido en los artículos 6 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unido Mexicanos, 5 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de México, 1, 2, 12, 53 fracciones II, V y VI, 162, 163 y 165 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; y en atención a la solicitud de información recibida a través del portal SAIMEX con folio 00033/CHIAUTLA/IP/2024; Al respecto, hago de su conocimiento que: Conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, mismo que se transcribe para mayor referencia: “Artículo 12. Quienes generen, recopilen, administren, manejen, procesen, archiven o conserven información pública serán responsables de la misma en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Los sujetos obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” Haciendo del conocimiento al solicitante, que la información proporcionada es conforme a lo que obra en los archivos de este sujeto obligado, por lo que no existe la obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Sirve de apoyo a lo anterior el criterio 3/17 emitido por el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), mismo que se transcribe para mayor referencia: No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Deberán proporcionar la información como obre en sus archivos, sin elaborar documentos ad hoc para la atención de solicitudes de acceso a la información.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-583083

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta05/04/2024Fecha solicitud término04/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos