Estado de México - Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli - (MEX)

Solicitud del día 06/03/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónPor este medio de la forma más atenta , de conformidad al artículo 7 y 8 de la constitución política de los Estados Unidos mexicanos , solicito los proyectos que a generado la C.Diana Ariadna Hernández Vallejo, como líder de proyecto, así mismo solicito su currículum vitae y los dos últimos salarios del mes de enero de 2024 en forma simplificada .Respuesta del día03/04/2024Texto de respuestaPor medio del presente y con fundamento en los artículos 3, 11, 40, 41, 46, 53 fracciones II, V y VI y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como el numeral TREINTA Y OCHO inciso d), de sus Lineamientos para la recepción, trámite y resolución de las solicitudes de acceso a la información, así como de los Recursos de Revisión que deberán de observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; ANEXO EL OFICIO DE RESPUESTA QUE A SU SOLICITUD LE ENTREGA LA, (1) DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN (2) SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO 1 “ Con fundamento en los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, 6, 11, 12, 19, 23 fracción IV y 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 47 fracción II y 48 fracciones XXIV y LVII del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. (2022-2024); 11 fracción IX, 13 fracción VIII del Reglamento Interno de la Dirección de Administración del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México y en relación a la solicitud de información citada al rubro, turnada a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense, consistente en: “Por este medio de la forma más atenta, de conformidad al artículo 7 y 8 de la constitución política de los Estados Unidos mexicanos, solicito los proyectos que a generado la C. Diana Ariadna Hernández Vallejo, como líder de proyecto, así mismo solicito su curriculum vitae y los dos últimos salarios del mes de enero de 2024 en forma simplificada.”(SIC) Al respecto, adjunto copia simple del memorándum número SRH/073/2024, suscrito por la Subdirección de Recursos Humanos, mediante el cual informa dentro del ámbito de competencia y derivado de una búsqueda exhaustiva y minuciosa en los archivos y bases de datos que obran en la misma, que localizó en formato PDF y en versión pública, el curriculum vitae de la servidora pública Diana Ariadna Hernández Vallejo, bajo el acuerdo número CTM/CUT/SE013/004/VP/2024, aprobado por los integrantes del Comité de Transparencia en la Décima Tercera Sesión Extraordinaria, celebrada el diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro. Asimismo, la Subdirección en comento informó que, la servidora pública Diana Ariadna Hernández Vallejo, percibió en la primera y segunda quincena de enero del ejercicio fiscal 2024, un salario neto quincenal de $5,617.14 (Cinco mil seiscientos diecisiete pesos 14/100 M.N.). Ahora bien, por lo que respecta a “… los proyectos que a generado la C. Diana Ariadna Hernández Vallejo, como líder de proyecto…” (sic), se hace del conocimiento, que la información solicitada, no obran en poder de esta dependencia administrativa, de acuerdo con la organización, estructura, funcionamiento, competencia y facultades conferidas en términos de los artículos 47 y 48 del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. (2022-2024), no se encuentra el generar, poseer, administrar o resguardar lo solicitado, motivo por el cual me encuentro física y jurídicamente imposibilitada para proporcionarla. Lo anterior, se hace de su conocimiento en términos de los diversos 12, 23 fracción IV y 24 último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señalan: “Artículo 12. Quienes generen, recopilen, administren, manejen o procesen, archiven o conserven información pública serán responsables de la misma en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Los sujetos obligados solo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar la información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” “Artículo 23. Son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder:” (las negritas son énfasis propio) “IV. Los Ayuntamientos y las dependencias, organismos, órganos y entidades de la administración municipal” Artículo 24. Para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las siguientes obligaciones, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza: … Los sujetos obligados solo proporcionarán la información pública que generen, administren o posean en el ejercicio de sus atribuciones.” (las negritas son énfasis propio). De la interpretación armónica y sistemática al precepto legal anteriormente referido, se concluye que la Subdirección de Recursos Humanos adscrita a la Dirección de Administración, únicamente se encuentra constreñida a proporcionar los documentos que den cuenta de la información solicitada, como obra en los archivos, sin tener que elaborarlos a la necesidad del particular.” (SIC) 2 “ En atención a la solicitud hecha bajo el folio 00128/CUAUTIZC/IP/2024, por medio del cual señala "... solicito los proyectos que a generado la C. Diana Ariadna Hernández Vallejo, como líder de proyecto...” (sic). Al respecto, a continuación, se enlistan los proyectos atendidos por la servidora pública Diana Ariadna Hernández Vallejo que hasta el momento han sido realizados: Elaboración del Manual de Organización, de la Secretaría del Ayuntamiento en conjunto con las Áreas que la integran. Elaboración de los Manuales de Procedimientos de la Secretaría del Ayuntamiento en conjunto con las Áreas que la integran Llevar a cabo el Programa Anual de Regulatoria, de las áreas que integran la Secretaría del Ayuntamiento. Proyecto, Somos Futuro” registrando, dando seguimiento y atención a peticiones ciudadanas hechas en las Jornadas. Llevar a cabo la logística de los eventos cívicos, asignados a la Secretaría del Ayuntamiento. Coordinar mesas de trabajo. - Elaboración de cédulas del Registro Estatal de Trámites y Servicios (REMTyS). Elaboración de cédulas de Trámites y Servicios de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER). “(SIC) De lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, en términos de los artículos 11, 41, 46 y demás aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, a Usted pido se sirva tener a esta Coordinación de Transparencia por notificada en tiempo y forma la contestación a su solicitud de acceso a la información para los efectos legales correspondientes, a través del sistema denominado SAIMEX.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-583155

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta05/04/2024Fecha solicitud término03/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos