Estado de México - Centro de Conciliación Laboral del Estado de México - (MEX)
Solicitud del día 06/03/2024 a la dependencia Estado de México - Centro de Conciliación Laboral del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónSolicito el total de expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro con que cuente este Sujeto Obligado, en donde obre el nombre del Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas A.C. Y/O CECACIJUC A.C., esto a partir del periodo 2014-2024 (febrero).Respuesta del día22/03/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud de información pública con número de folio 00013/CCLEM/IP/2024, de fecha 06 de marzo del año en curso, presentada por usted a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, me permito informar a Usted que concluido el análisis a su petición y después de una búsqueda exhaustiva en los archivos que obran en este Centro de Conciliación Laboral del Estado de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 53 fracciones II, V y VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, hago de su conocimiento que con fundamento en el artículo 684-C, segundo y tercer párrafo de la Ley Federal del Trabajo, se informa que no es posible enviar la información requerida Usted, toda vez que se estima que la divulgación de la información invade la esfera privada de quienes intervienen en los procedimientos de conciliación prejudicial originados a partir de una solicitud de conciliación, toda vez que los datos personales recabados por el Centro de Conciliación Laboral del Estado de México son tratados conforme a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, mismos que no podrán ser remitidos o proporcionados a terceros, salvo consentimiento expreso de los titulares de los datos. De conformidad con el artículo 176 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y sus Municipios, se hace de su conocimiento que tiene usted derecho a promover recurso de revisión en un lapso de 15 días hábiles, a partir de la notificación de esta respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-583232