Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX)
Solicitud del día 08/03/2024 a la dependencia Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónEn el periodo de cursos otoño 2020, primavera 2021 y otoño 2021 el catedrático Aguilera Izaguirre Gustavo impartió las asignaturas de aplicación del conocimiento 1, aplicación del conocimiento 2 y aplicación del conocimiento 3, en Facultad de Contaduría y Administración, cada una de ellas a dos grupos, según consta en el Reporte de Horarios por Profesor. Por lo anterior solicito el listado de cada uno de los grupos, en versión pública para cuidar los datos personales de los estudiantes. En el mismo sentido solicito saber en qué aula o lugar de la Facultad de Contaduría y Administración se impartieron esas asignaturas.Respuesta del día17/04/2024Texto de respuestaEn respuesta a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00352/UAEM/IP/2024, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 150, 163, y 164 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hacemos de su conocimiento con base en la información solicitada por la Dirección de Control Escolar y la Facultad de Contaduría y Administración que, en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada en versión pública, así como el Acuerdo de Clasificación UAEM/CI/CIC/27/24. Es menester señalar que de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 162 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las unidades de transparencia deberán recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información, con la información que las áreas competentes cuenten de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones. Finalmente se hace de su conocimiento que de conformidad con los artículos 176, 177, 178 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el solicitante tiene derecho de presentar recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-583738