Estado de México - Ayuntamiento de Chalco - (MEX)

Solicitud del día 08/03/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Chalco - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónSolicito el Curriculum Vitae que presento la ciudadana Abigail Sánchez Martínez, cuando fue nombrada como Directora/Encargada de Administración en el periodo de gobierno de 2019 a 2021. En dicho expediente, se deberá tomar en cuenta, las constancias agregadas que se deriven por cursos, diplomados, certificaciones, etc. Tomados. Asimismo, solicito informe el periodo en el que desempeño dicho cargo y los motivos de su separación, y pido se agregue la documentación correspondiente que acredite lo informado. Lo anterior de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de México y Municipios.Respuesta del día08/04/2024Texto de respuestaEn seguimiento a la solicitud de información registrada con el número de folio 00056/CHALCO/IP/2024, al respecto le informo que, la responsable de atender su requerimiento de información fue la Lic. Lidia Vega Luna, Directora de administración, la cual emitió la respuesta en los siguientes términos: “Con fundamento en lo que dispone el artículo 12 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de México y Municipios, se le refiere que, después de una búsqueda dentro de los archivos físicos y digitales que obran en la Subdirección de Recursos Humanos dependiente de esta Dirección, se envía el curriculum vitae que presento la C. Abigail Sánchez Martínez, así como los documentos encontrados en su expediente que acreditan lo informado en dicho documento, Ahora bien, el periodo en el que fungió como Encargada de la Dirección de Administración, fue del 17 de enero del 2020 al 23 de junio del 2020, y el motivo de la separación, fue por renuncia voluntaria.” (Sic) Esperando haber cumplido satisfactoriamente su requerimiento de información, quedamos a sus órdenes para futuras solicitudes que realice a este Gobierno Municipal. Adicionalmente, se hace de su conocimiento el término de quince días hábiles para interponer el Recurso de Revisión que se señala en los artículos 176, 177 y 178 de la Ley de la materia, en caso de considerar que la respuesta es desfavorable a su solicitud.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-583768

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta09/04/2024Fecha solicitud término08/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos