Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX)
Solicitud del día 13/03/2024 a la dependencia Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónSegún los reportes de horarios por profesor por curso de la Facultad de contaduría y Administración, desde el periodo de cursos PRIMAVERA 2020 hasta PRIMAVERA 2021, Delgado Maya Ma. Estela impartió varias asignaturas, pero no se especifica ni el día ni horario en que las dio. Es por lo anterior que solicito los soportes documentales y de plataformas digitales oficiales que hagan constar que días y a que horas se impartieron cada una de las asignaturas dentro del periodo anteriormente referido, así como los respectivos listados de alumnos de cada uno de los grupos en los que impartió las asignaturas, en versión pública. Finalmente requiero los documentos en los que se señale la duración de cada una de las clases que impartió Delgado Maya Ma. Estela desde el periodo de cursos PRIMAVERA 2020 hasta PRIMAVERA 2021.Respuesta del día22/04/2024Texto de respuestaEn respuesta a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00368/UAEM/IP/2024, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 150, 163, y 164 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hacemos de su conocimiento con base en la información proporcionada por la Facultad de Contaduría y Administración y la Dirección de Control Escolar que en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada. Es menester señalar que de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 162 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las unidades de transparencia deberán recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información, con la información que las áreas competentes cuenten de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones. Finalmente se hace de su conocimiento que de conformidad con los artículos 176, 177, 178 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el solicitante tiene derecho de presentar recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-584756