Estado de México - Comisión del Agua del Estado de México - (MEX)

Solicitud del día 13/03/2024 a la dependencia Estado de México - Comisión del Agua del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónLista de vehículos usados por la dirección general de administración y finanzas de la caem del año 2022 bitácoras de combustible y tickets de combustible del 2022Respuesta del día11/04/2024Texto de respuestaDebe precisarse que de conformidad con el párrafo segundo del artículo 12 de la Ley Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios: “Los sujetos obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” Como apoyo a lo anterior, es aplicable el Criterio 03-17, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales: “NO EXISTE OBLIGACIÓN DE ELABORAR DOCUMENTOS AD HOC PARA ATENDER LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.” (Sic) En este tenor, el derecho de acceso a la información pública se satisface en aquellos casos en que se entregue el soporte documental en que conste la información pública, toda vez que, no se tiene el deber de generar, poseer o administrar la información con el grado de detalle solicitado (generar lista de vehículos), bajo ese contexto, se remiten al correo electrónico de la Unidad a su cargo las bitácoras de los vehículos utilizados por la Dirección General durante el ejercicio fiscal 2022, atendiendo los oficios 219C0117010000L/0991/2024 y 219C0117020000L/0346/2024 suscritos respectivamente por el Director de Administración y, el Director de Finanzas (adjuntos en copia simple). Ahora bien, se presume que la intención del requirente es contar con información acerca del gasto efectuado en combustible por los vehículos de esta Dirección General, considerando lo anterior y, con el ánimo de cumplir con el principio de máxima publicidad se adjunta relación con los gastos efectuados por dicho concepto durante 2022. Se anexan bitácoras tickets y gastos combustibleArchivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-584818

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta12/04/2024Fecha solicitud término11/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo