Estado de México - Ayuntamiento de Jilotzingo - (MEX)
Solicitud del día 14/03/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Jilotzingo - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónCON FUNDAMENTO EN LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MEXICO DE LOS PRESIDENTES MUNICIPALES Artículo 48.- El presidente municipal tiene las siguientes atribuciones: XIII Bis. Desarrollar un programa permanente de mejora regulatoria, en coordinación con la dependencia del Ejecutivo del Estado que establezca la Ley de la materia, mismo que deberá de someter al acuerdo de Cabildo; Artículo 96 Quáter.- El Director de Desarrollo Económico o el Titular de la Unidad Administrativa equivalente, tiene las siguientes atribuciones: III. Auxiliar al Presidente Municipal en la ejecución del programa de mejora regulatoria que autorice el Cabildo en los términos de la Ley de la materia; POR LO QUE SOLICITO que la presidenta Municipal y el titular de la unidad administrativa denominada Desarrollo economico o similar me exhiban el programa de mejora regulatoria del Municipio de Jilotzingo, Estado de México y tambien solicito a la secretaria o secretario del ayuntaminto me exhiba el acta de cabildo donde se haya aprobado el programa de mejora regulatoria del Municipio administración 2022-2024Respuesta del día10/04/2024Texto de respuestaSE ANEXA OFICIO DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO Se hace entrega de la solicitud de información con número de folio 00111JILOTZIN/IP/2024Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-584979