Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX)

Solicitud del día 14/03/2024 a la dependencia Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónEn el formato “Evaluación del Factor Preparación” utilizado dentro del proceso de Concurso de oposición para profesores de carrera, organismos académicos vienen varias áreas y rubros en los que se debe asentar alguna puntuación. Por lo anterior solicito los documentos oficiales en los que se detalle cómo se debe evaluar cada rubro y con base en qué criterios se debe asentar una determinada puntuación.Respuesta del día23/04/2024Texto de respuestaEn respuesta a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00376/UAEM/IP/2024, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 150, 163, y 164 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hacemos de su conocimiento con base en la información proporcionada por la Dirección de Estudios Profesionales que la información requerida se establece en el Reglamento del Personal Académico de la Universidad Autónoma del Estado de México, mismo que se adjunta al presente y se encuentra disponible para su consulta en el siguiente link: https://oag.uaemex.mx/normatividad/phpoffice/pdf/reglamento/1.pdf Es menester señalar que de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 162 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las unidades de transparencia deberán recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información, con la información que las áreas competentes cuenten de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones. Finalmente se hace de su conocimiento que de conformidad con los artículos 176, 177, 178 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el solicitante tiene derecho de presentar recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-585113

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta15/04/2024Fecha solicitud término23/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo