Estado de México - Ayuntamiento de Villa Victoria - (MEX)

Solicitud del día 15/03/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Villa Victoria - (MEX) del órgano Estado de México

Descripciónsolicito la siguiente informacion publica de los siguientes servidores publicos (pagados del erario publico) 1-nombre del presidente municipal 2-su correo electronmico, telefonos de la presidencia municipal 3-nombre del servidor publico de juridico y gobierno 4-su correo electronico de juridico y telefonos de su oficina 5-nombre del sindico del municipio 6-correo electronico y telefonos de su oficina 7-nombre del servidr publico de CONTRALORIA 8-su correo electronico y telefonos de su oficinaRespuesta del día15/04/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud de información pública con fecha 15 de marzo de 2024, recibida a través del Sistema de Acceso a la Información Pública Mexiquense, con el número de folio 00017/VIVICTOR/IP/2024, en la cual requiere lo siguiente: “solicito la siguiente informacion publica de los siguientes servidores publicos (pagados del erario publico) 1-nombre del presidente municipal 2-su correo electronmico, telefonos de la presidencia municipal 3-nombre del servidor publico de juridico y gobierno 4-su correo electronico de juridico y telefonos de su oficina 5-nombre del sindico del municipio 6-correo electronico y telefonos de su oficina 7-nombre del servidr publico de CONTRALORIA 8-su correo electronico y telefonos de su oficina” . (SIC) Al respecto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12 párrafo segundo, 19 párrafo primero, 23 fracción IV, 53 fracciones II, V, VI y 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, le informo que se efectúo una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada en los archivos de este Sujeto Obligado, por lo que, me permito hacer de su conocimiento, lo siguiente: Con relación a los puntos 1-nombre del presidente municipal 2-su correo electrónico, teléfonos de la presidencia municipal, se le precisa que actualmente la Presidenta Municipal Constitucional es la C. María Luisa Carmona Alvarado, el correo electrónico institucional es ayuntamiento_vv@hotmail.com y a su vez el teléfono de contacto es el (726) 25 1 60 06. Relativo a los puntos 3-nombre del servidor público de jurídico y gobierno 4-su correo electrónico de jurídico y teléfonos de su oficina, se le informa que el titular del Área Jurídica de este Sujeto Obligado es el Lic. Cesar Orozco Salgado, siendo el correo electrónico y teléfono institucionales los siguientes: ayuntamiento_vv@outlook.com y (726) 25 1 60 06, mientras que el responsable de la Dirección de Gobernación es el C. Sergio Carmona Velázquez. “2024, Año del Bicentenario de la Erección del Estado Libre y Soberano de México” Dando continuidad a su requerimiento de información, en referencia a los numerales 5-nombre del síndico del municipio 6-correo electrónico y teléfonos de su oficina, se hace de su conocimiento que actualmente el Síndico Municipal, es el Lic. Eduardo Reyes Escamilla, cuyo correo electrónico y teléfono institucionales son los siguientes: sindicaturavilla@gmail.com y (726) 25 1 60 06. Por último, respecto a los puntos 7-nombre del servidor público de CONTRALORIA 8-su correo electrónico y teléfonos de su oficina, se le precisa que la Contralora Interna Municipal, es la Lic. Gabriela Ascencio Valdez, siendo su correo electrónico y teléfono institucionales los siguientes: contraloriavillavictoria@gmail.com y (726) 25 1 60 06. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 24 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, mismos que a la letra dicen: Artículo 12. Quienes generen, recopilen, administren, manejen, procesen, archiven o conserven información pública serán responsables de la misma en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Los sujetos obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiere y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones. Artículo 24. … Los sujetos obligados solo proporcionarán la información pública que generen, administren o posean en el ejercicio de sus atribuciones.” Aunado a ello, el Pleno del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, aprobó el Criterio de Interpretación en el Orden Administrativo número 0002-11, el cual se describe a continuación: “CRITERIO 0002-11 INFORMACIÓN PÚBLICA, CONCEPTO DE, EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, INTERPRETACIÓN TEMÁTICA DE LOS ARTÍCULOS 2° FRACCIÓN V, XV, Y XVI, 3°, 4°, 11 Y 41. De conformidad con los artículos antes referidos, el derecho de acceso a la información pública, se define en cuanto a su alcance y resultado material, el acceso a los archivos, registros “2024, Año del Bicentenario de la Erección del Estado Libre y Soberano de México” y documentos públicos, administrados, generados o en posesión de los órganos u organismos públicos, en virtud del ejercicio de sus funciones de derecho público, sin importar su fuente, soporte o fecha de elaboración. Consecuencia el acceso a la información se refiere a que se cumplan cualquiera de los siguientes tres supuestos: 1). Que se trate de información registrada en cualquier soporte documental, que en ejercicio de las atribuciones conferidas, sea generada por los Sujetos Obligados; 2). Que se trate de información registrada en cualquier soporte documental, que en ejercicio de las atribuciones conferidas, sea administrada por los Sujetos Obligados, y 3). Que se dé información registrada en cualquier soporte documental, que en ejercicio de las atribuciones conferidas, se encuentre en posesión de los Sujetos Obligados”. Sin otro particular, con el presente escrito, se tiene por atendida la solicitud de información.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-585388

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta16/04/2024Fecha solicitud término15/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos