Estado de México - Ayuntamiento de Valle de Chalco Solidaridad - (MEX)

Solicitud del día 17/03/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Valle de Chalco Solidaridad - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónDe conformidad con los artículos 36, fracción XI, y 57, fracción I, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de México y Municipios y haciendo hincapié que el derecho de acceso a la información se define como el derecho de una persona de buscar y recibir información en poder del gobierno y/o de las administraciones públicas, reconociendo lo anterior como un derecho fundamental para el desarrollo pleno de una sociedad democrática, estando en mi pleno derecho y protegido por la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, solicito la siguiente información: a la dirección administración municipal si al personal administrativo que se presenta a laborar los días de descanso obligatorio como lo marca el calendario oficial del Gobierno del Estado de México se le retribuye su día al triple como lo señala la ley federal del trabajo y en caso que no sea así pedirle a la contraloría municipal si ya emitió o emitirá las sanciones correspondientes a los titulares o responsables de la Dirección de Administración por no cumplir con la ley federal del trabajo y si a los titulares de las direcciones que conforman la administración municipal que OBLIGAN AL PERSONAL ADMINISTRATIVO a laborar los días de descanso obligatorio como lo señala el calendario oficial del Gobierno del Estado de México de se les han sancionado o se les sancionara en caso de que así sea proporcionarme el documento correspondiente y en caso de que no se haya hecho se me motive y fundamente el por que no en ambos dos caso.Respuesta del día15/04/2024Texto de respuestaEn cumplimiento a los artículos 11,12 y 18 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios En respuesta a la solicitud citada con antelación, me permito informar a usted; Visto el contenido de la solicitud antes mencionada y derivado del análisis de la información solicitada, se aprecia que hace referencia “…al personal administrativo que se presenta a laborar los días de descanso obligatorio como lo marca el calendario oficial del Gobierno del Estado de México se le retribuye su día al triple como lo señala la ley federal del trabajo …”(sic), por lo que en atención a su naturaleza y previa búsqueda exhaustiva y minuciosa en los archivos que obran en la Subdirección de Recursos Humanos adscrita a la Dirección de Administración (listas de asistencia), donde no se localizó registro referente al personal que se presenta a laborar en días inhábiles (DIAS DE DESCANSO OBLIGATORIO), por lo tanto no se ha aplicado pago doble por el servicio prestado independiente al salario que les corresponda, por el descanso obligatorio. Sin más por el momento quedo a sus órdenes para cualquier duda o aclaración.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-585539

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta17/04/2024Fecha solicitud término15/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos