Estado de México - Ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz - (MEX)

Solicitud del día 18/03/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónPara efectos de realizar una análisis de la gestión gubernamental de todos los municipios del Estado de México se requiere que TODOS Y CADA UNO DE LOS MIEMBROS DE SU AYUNTAMIENTO, proporcionen de manera documentada las facultades y atribuciones que tienen establecidas en la Ley Orgánica Municipal, ya que conforme a los tratados Internacionales de los que nuestro país es parte deben ser Gobiernos Transparentes, y se encuentran obligados a documentar todo lo relativo a sus actividades, máxime que la información será posteriormente pública al informar a los ciudadanos de cada Municipio el resultado de la gestión gubernamental de cada Alcaldía, conforme lo que establece la Ley Orgánica del Municipio del Estado de México en su artículo 31 I. Expedir y reformar el Bando Municipal, así como los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro del territorio del municipio, que sean necesarios para su organización, prestación de los servicios públicos y, en general, para el cumplimiento de sus atribuciones, debiendo señalar cuando fue la última actualización de su bando de polícia y buen gobierno y en su caso proporcionar la copia. I Bis. Aprobar e implementar programas y acciones que promuevan un proceso constante de mejora regulatoria de acuerdo con la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios, la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México, la Ley de Fomento Económico del Estado de México, sus respectivos reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables, señalando todas las acciones que ha generado esa Alcaldía para implementar la mejora regulatoria en los años que tiene gobernando. I. Ter. Aprobar y promover un programa para el otorgamiento de la licencia o permiso provisional de funcionamiento para negocios de bajo riesgo que no impliquen riesgos sanitarios, ambientales o de protección civil, conforme al Catálogo Mexiquense de Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios de Bajo Riesgo, consignado en la Ley de la materia, mismo que deberá publicarse dentro de los primeros 30 días naturales de cada Ejercicio Fiscal y será aplicable hasta la publicación del siguiente catálogo. El otorgamiento de la licencia o permiso a que hace referencia el párrafo anterior, en ningún caso estará sujeto al pago de contribuciones ni a donación alguna; la exigencia de cargas tributarias, dádivas o cualquier otro concepto que condicione su expedición será sancionada en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios; Que acciones ha llevado a cabo el gobierno de la Alcaldía para verificar que las licencias se otorguen a personas que cumplen con todos los requisitos y si llevan a cabo procesos de vigilancia para revisar quye no le sean solicitadas dádivas o cargas tributarias mayores a los empresarios. I Quáter. Formular, aprobar, implementar y ejecutar las políticas, programas y acciones en materia de Gobierno Digital, conforme a los lineamientos técnicos establecidos en la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, su Reglamento y en aquellas disposiciones jurídicas de la materia. Informar en esta fracción si tienen una Dirección administrativa específica dentro de la Alcaldía que lleve a cabo las acciones de Gobierno Digital, si tienen formado su Comité y si cumplen con todas las sesiones a que están obligados en la Ley de su Estado. I Quintus. Participar en la presentación e instrumentación de Gobierno Digital que prevé la Ley de la materia, que acciones como miembros del Gobierno de suAlcaldía han llevado a cabo para dar cumplimiento a esta fracción y en caso de incumplimiento de esta fracción si se ha iniciado procedimiento de responsabilidad por parte de la autoridad jerárquica superior a su Alcaldía.Respuesta del día12/04/2024Texto de respuestaENVIO ARCHIVO ELETRONICO CON RESPUESTA A LA SOLICITUD CON NUMERO DE FOLIO SAIMEX 00275/TLALNEPA/IP/2024Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-585601

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta17/04/2024Fecha solicitud término12/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos