Estado de México - Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez - (MEX)
Solicitud del día 20/03/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez - (MEX) del órgano Estado de México
Descripción¿EXISTE ALGUNA DISPOSICIÓN NORMATIVA, TRÁMITE O RESTRICCIÓN QUE SE DEBE OBTENER PARA CIRCULAR EN CAMIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN LAS INMEDIACIONES DE LOS CENTROS HISTÓRICOS DE LOS MUNICIPIOS DE CHALCO, ECATEPEC, NAUCALPAN Y CUAUTITLÁN IZCALLI?Respuesta del día17/04/2024Texto de respuestaSe otorga respuesta a la solicitud de informacion ingresada en el Sistema de Acceso a la Informacion Mexiquense, identificada con el numero de folio 00182/NAUCALPA/IP/2024, a traves del oficio numero DGSCYMS/SMS/0556/2024 de fecha 01 de abril de la presente anualidad signado por la Subdirectora de Movilidad Segura . Naucalpan de Juárez, Estado de México a 17 de abril del 2024. Número de oficio: DGDU/SJ-III/826/2024. Asunto: Respuesta solicitud SAIMEX 00182/NAUCALPA/IP/2024. ESTIAMADA (O) PERSONA SOLICITANTE. PRESENTE. En términos de lo dispuesto por los artículos 6 y 116 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 2, 31 fracción XLVI, 86 y 96 Bis fracción XXVI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1.5 fracción VIII del Código Administrativo del Estado de México; 1, 2, 3, 20, 23 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Naucalpan de Juárez, Estado de México. Asimismo, y con fundamento en el artículo 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, me permito referirme a la Solicitud de Información bajo el número de folio 00182/NAUCALPA/IP/2024, ingresada a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (SAIMEX) en el que medularmente solicita lo siguiente: “¿EXISTE ALGUNA DISPOSICIÓN NORMATIVA, TRÁMITE O RESTRICCIÓN QUE SE DEBE OBTENER PARA CIRCULAR EN CAMIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN LAS INMEDIACIONES DE LOS CENTROS HISTÓRICOS DE LOS MUNICIPIOS DE CHALCO, ECATEPEC, NAUCALPAN Y CUAUTITLÁN IZCALLI?” (Sic). Al respecto le informo que esta Dirección General de Desarrollo Urbano, a través de su Subdirección de Movilidad Territorial, por lo que respecta al proyectos viales e infraestructura vial, cuenta con las siguientes atribuciones: I. Elaborar los proyectos viales, estudios técnicos, dictámenes y proyectos de adecuaciones geométricas correspondientes, ingeniería de tránsito que se requieran para la infraestructura vial del Municipio; tendientes a cumplir con la movilidad en el Municipio considerando en todo momento prioridad el desplazamiento del peatón sobre el automovilista; II. Elaborar las factibilidades en materia de ingeniería de tránsito y transporte que sean requeridas por la Subdirección de Movilidad Territorial; III. Dar trámite y realizar la revisión, análisis, estudios técnicos y legales de los expedientes relacionados con el transporte; integrar los expedientes relativos a las solicitudes de impacto que genera el transporte público en la infraestructura vial del Municipio; estacionamiento temporal en la vía pública o lugares de uso común para base de transporte público colectivo o sitio de taxis; la factibilidad de uso del lugar para la ubicación de base sitio o lanzadera, la factibilidad para la instalación de caseta para servicio de taxis, permiso para la instalación de casetas para el servicio de taxis, planes escolares de vialidad, debiendo asignarles un número progresivo de identificación; IV. Mantener actualizado el padrón de rutas de transporte que se mueven dentro del territorio municipal; V. Analizar las propuestas presentadas a la Subdirección, respecto de los planes escolares de vialidad, y en su caso, plantear las determinaciones que se deban adoptar por los centros educativos en materia de transporte y vialidad; VI. Elaborar los requerimientos a los centros educativos del Municipio para la presentación de su plan escolar de vialidad; VII. Ejecutar las visitas de inspección y verificación respecto de los asuntos de su competencia y aquellos que le encomiende su superior jerárquico; VIII. Coadyuvar con las autoridades competentes en materia de transporte y prestadores del servicio público concesionado de transporte de pasajeros, en la solución de problemas de transporte, así como en la formulación de los programas de transporte que afectan al Municipio; IX. Elaborar las cuantificaciones y órdenes de pago de los asuntos de su competencia, cuando así se requiera; Lo anterior de conformidad con el artículo 32, del Reglamento Interno de la Dirección General de Desarrollo Urbano del Municipio de Naucalpan de Juárez México, de lo cual se puede observar que esta Dirección no cuenta con las atribuciones para emitir una normatividad o restricción “PARA CIRCULAR EN CAMIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN LAS INMEDIACIONES DE LOS CENTROS HISTÓRICOS”. Así también se realizó una búsqueda exhaustiva en los archivos impresos, medios electrónicos e informáticos de la Subdirección de Movilidad Territorial, adscrita a esta Dirección General de Desarrollo Urbano, no obstante, lo antes indicado, se hace de su conocimiento que, NO se localizó registro de algún documento o trámite para circular camiones de transporte de mercancías en las inmediaciones de los centros históricos del municipio de Naucalpan de Juárez. Lo anterior de conformidad con los artículos 12 y 59 fracción II, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios vigente. Sin otro particular, quedo de usted para cualquier duda o aclaración. ATENTAMENTE LIC. MANUEL JAVIER ARCOS SUBDIRECTOR JURÍDICO ADSCRITO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-586194