Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX)

Solicitud del día 29/03/2024 a la dependencia Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónÚltima declaración de situación patrimonial y de intereses de la servidora pública MARÍA JOSÉ BERNÁLDEZ AGUILAR, de la Facultad de Derecho. CFDI de la primera quincena de marzo de 2024 de la servidora pública MARÍA JOSÉ BERNÁLDEZ AGUILAR, de la Facultad de Derecho.Respuesta del día22/04/2024Texto de respuestaEn respuesta a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00423/UAEM/IP/2024, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 150, 163, y 164 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hacemos de su conocimiento con base en la información proporcionada por la Dirección de Recursos Humanos y el Órgano de Control Interno lo siguiente: Con relación a: “Última declaración de situación patrimonial y de intereses de la servidora pública MARÍA JOSÉ BERNÁLDEZ AGUILAR, de la Facultad de Derecho” (sic), le cometamos que en archivo electrónico adjunto encontrará la información solicitada. Por cuanto hace a: “CFDI de la primera quincena de marzo de 2024 de la servidora pública MARÍA JOSÉ BERNÁLDEZ AGUILAR, de la Facultad de Derecho.” (sic), la Dirección de Recursos Humanos refiere que el CFDI de los trabajadores universitarios es un documento que se expide en la forma y términos establecidos en el artículo 29 fracción V del Código Fiscal de la Federación y en cumplimiento al artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que, al constituir el comprobante de pago del salario del trabajador obra en poder del mismo. Es menester señalar que de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 162 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las unidades de transparencia deberán recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información, con la información que las áreas competentes cuenten de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones. Finalmente se hace de su conocimiento que de conformidad con los artículos 176, 177, 178 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el solicitante tiene derecho de presentar recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-587455

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta23/04/2024Fecha solicitud término22/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo