Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX)

Solicitud del día 01/04/2024 a la dependencia Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónQue la Dirección de Investigación del Órgano Interno de Control informe el desglose de lo afirmado en el apartado correspondiente Tercer Informe Cuatrimestral de 2023 en los términos siguientes: a) De los 66 IPRA, se desglose cuántos iniciaron en 2021, cuántos en 2022 y cuántos en 2023. b) De los 66 IPRA, se desglose cuántos corresponden a mujeres y cuántos a hombres. c) De los 66 IPRA, se desglose cuántos se han generado por concepto jurídico o conducta prevista. d) De las 65 denuncias recibidas, se desglose cuántos corresponden a mujeres y cuántos a hombres denunciantes; e) De las 65 denuncias recibidas, se desglose cuántos corresponden a mujeres y cuántos a hombres denunciadasRespuesta del día30/04/2024Texto de respuestaEn respuesta a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00428/UAEM/IP/2024, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 150, 163, y 164 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hacemos de su conocimiento con base en la información proporcionada por el Órgano Interno de Control que se adjuntan los siguientes oficios: 1) OIC/SPH/196/2024 de la servidora pública habilitada del Órgano Interno de Control en la Universidad Autónoma del Estado de México. 2) OIC/DI/941/2024 del Director de Investigación en funciones de Autoridad Investigadora del Órgano Interno de Control en la Universidad Autónoma del Estado de México. Es menester señalar que de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 162 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las unidades de transparencia deberán recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información, con la información que las áreas competentes cuenten de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones. Finalmente se hace de su conocimiento que de conformidad con los artículos 176, 177, 178 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el solicitante tiene derecho de presentar recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-587757

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta23/04/2024Fecha solicitud término30/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo