Estado de México - Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli - (MEX)

Solicitud del día 02/04/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónSolicito la información sobre el sueldo mensual bruto que perciben los policías municipales. Cuáles son los rangos que existen y cuánto es el pago mensual bruto por cada categoríaRespuesta del día19/04/2024Texto de respuestaPor medio del presente y con fundamento en los artículos 3, 11, 40, 41, 46, 53 fracciones II, V y VI y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como el numeral TREINTA Y OCHO inciso d), de sus Lineamientos para la recepción, trámite y resolución de las solicitudes de acceso a la información, así como de los Recursos de Revisión que deberán de observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; ANEXO EL OFICIO DE RESPUESTA QUE A SU SOLICITUD LE ENTREGA LA, (1)DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN 1 “Con fundamento en los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, 6, 11, 12, 19, 23 fracción IV y 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 47 fracción II y 48 fracción LVII del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. (2022-2024), artículo 3 fracción IV, 12 fracción II del Reglamento Interno de la Dirección de Administración del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México y en relación a la solicitud de información citada al rubro, turnada a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense, consistente en: “1.Proporcione la plantilla de personal del cuerpo de bomberos actualizada a la fecha de la presente solicitud. 2.Por cada puesto del cuerpo de bomberos proporcione la información y documentación en la que se identifique el número de integrantes por puesto. 3.Por cada puesto de la plantilla de personal autorizada del cuerpo de bomberos, proporcione el perfil del puesto. 4.Proporcione el tabulador de sueldos y salarios del cuerpo de bomberos. 5.Indique los requisitos para ser bombero. 6.Del cuerpo de bomberos, proporcione el inventario de bienes muebles e inmuebles, incluidos: autos, pipas, ambulancias, helicópteros, y demás. 7.Proporcione la información y documentación en la que se indique el total de presupuesto asignado al cuerpo de bomberos en 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024. 8.Informe de labores del cuerpo de bomberos de 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 ”(SIC) Al respecto, adjunto copia simple del memorándum número SRH/109/2024, suscrito por la Subdirección de Recursos Humanos, mediante el cual informa dentro del ámbito de competencia que derivado de una búsqueda exhaustiva y minuciosa, localizó el listado con categoría y salario bruto mensual de los policías de Cuautitlán Izcalli, mismo que se adjunta en formato PDF. Lo anterior, se hace de su conocimiento en términos de los diversos 12, 23 fracción IV, 24 en su parte in fine de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra señalan: “Artículo 12. Quienes generen, recopilen, administren, manejen o procesen, archiven o conserven información pública serán responsables de la misma en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Los sujetos obligados solo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar la información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” “Artículo 23. Son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder:” (las negritas son énfasis propio) “IV. Los Ayuntamientos y las dependencias, organismos, órganos y entidades de la administración municipal” Artículo 24. Para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las siguientes obligaciones, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza: … Los sujetos obligados solo proporcionarán la información pública que generen, administren o posean en el ejercicio de sus atribuciones.” (las negritas son énfasis propio) De la interpretación armónica y sistemática a los preceptos legales anteriormente citados, se concluye que la subdirección de Recursos Humanos, únicamente se encuentra constreñida por la Ley en la Materia a proporcionar los documentos que den cuenta de la información solicitada, se posea y se administre en ejercicio de sus atribuciones. “ (SIC) De lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, en términos de los artículos 11, 41, 46 y demás aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, a Usted pido se sirva tener a esta Coordinación de Transparencia por notificada en tiempo y forma la contestación a su solicitud de acceso a la información para los efectos legales correspondientes, a través del sistema denominado SAIMEX.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-588336

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta24/04/2024Fecha solicitud término19/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos