Estado de México - Ayuntamiento de Melchor Ocampo - (MEX)
Solicitud del día 09/04/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Melchor Ocampo - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónSe adjunta solicitud de información en archivo adjunto.Respuesta del día30/04/2024Texto de respuestaPor medio del presente y con fundamento en los artículos 3, 4, 8, 11, 12, 15, 16, 23 fracción IV, 45, 47, 49, 53, 58, 59, 150, 151, 176, 178, 179, 180 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como de los Recursos de Revisión que deberán de observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; le informo que la respuesta dada a su solicitud de información pública, fue emitida por las siguientes dependencias 1.- DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y 2.- DIRECCIÓN DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y ALCANTARILLADO; por lo que en ese orden se transcribe: 1.- “En cumplimiento con los artículos 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 69 del Bando Municipal 2024 de Melchor Ocampo; y en respuesta a la solicitud de acceso a la información notificada vía sistema SAIMEX con folio 00415/MELOCAM/IP/2024, en donde requieren lo siguiente: “…Se adjunta solicitud de información en archivo adjunto…” sic. De lo anterior y conforme lo establecido en los artículos 37 y 38 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal del Municipio de Melchor Ocampo, Estado de México, publicado en la Gaceta Municipal, No. VII, junio 2023, esta dependencia a mi cargo hace de su conocimiento que derivado de una búsqueda exhaustiva y minuciosa en los archivos que obran en la Coordinación de Adquisiciones, se constató que no se tiene documento alguno que responda a su petición, toda vez que no se tiene registro de concesiones del traslado de agua o relaciones sobre los pozos con la finalidad de su solicitud, motivo por el cual no nos encontramos en posibilidad de proporcionarle la información por Usted requerida. Lo anterior con fundamento en el artículo 12 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, que a la letra dice: “Artículo 12. Quienes generen, recopilen, administren, manejen, procesen, archiven o conserven información pública serán responsables de la misma en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Los sujetos obligados sólo proporcionarán la información pública que se les requiera y que obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni el presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones.” Sin otro particular por el momento, quedo a sus órdenes.” (Sic). 2.- “CONTESTACIÓN A LA SOLICITUD 00415/MELOCAM/IP/2024 “(Sic). Por lo anteriormente expuesto y fundado, solicito a Usted se sirva tener a esta Unidad de Transparencia por cumplimentada, en tiempo y forma, la respuesta a su solicitud de acceso a la información pública, a través del Sistema Saimex; lo anterior, para los efectos legales a que haya lugar.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-589835