Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX)

Solicitud del día 15/04/2024 a la dependencia Estado de México - Universidad Autónoma del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónSegún artículo 16 del Reglamento Interno del Órgano Interno de Control, respetuosamente se solicita se informe a cargo de la Dirección de Investigación del OIC cuántas investigaciones se han desahogado; cuántas lo han sido por el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos púbblicos federales; cuántos lo han sido por el ingreso, egreso, manejo, custudia, aplicación de recursos públicos estatales; y cuántos lo han sido por el ingreso, egreso, manejo, custodia, aplicación de recursos públicos municipales; así como cuántas han derivado en denuncias por hechos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.Respuesta del día08/05/2024Texto de respuestaEn respuesta a la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 00464/UAEM/IP/2024, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 150, 163, y 164 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el numeral TREINTA Y OCHO de los Lineamientos para la Recepción, Trámite y Resolución de las Solicitudes de Información Pública, Acceso, Modificación, Sustitución, Rectificación o Supresión Parcial o Total de Datos Personales, así como los Recursos de Revisión que deberán observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; hacemos de su conocimiento con base en la información proporcionada por el Órgano Interno de Control que en atención a esta solicitud de información se adjuntan los siguientes oficios: 1) OIC/SPH/179/2024 de la servidora pública habilitada del Órgano Interno de Control en la Universidad Autónoma del Estado de México. 2) OIC/DI/1007/2024 del Director de Investigación en funciones de Autoridad Investigadora del Órgano Interno de Control en la Universidad Autónoma del Estado de México. Es menester señalar que de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 162 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, las unidades de transparencia deberán recibir, tramitar y dar respuesta a las solicitudes de acceso a la información, con la información que las áreas competentes cuenten de acuerdo a sus facultades, competencias y funciones. Finalmente se hace de su conocimiento que de conformidad con los artículos 176, 177, 178 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, el solicitante tiene derecho de presentar recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-591509

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta09/05/2024Fecha solicitud término08/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo