Estado de México - Comisión Técnica del Agua del Estado de México - (MEX)

Solicitud del día 16/04/2024 a la dependencia Estado de México - Comisión Técnica del Agua del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónEl documento público que contenga esta información: Cuales son las soluciones y medidas que se tienen en puerta para combatir las problemáticas de abastecimiento sobre la escases de agua en el Estado de México.Respuesta del día18/04/2024Texto de respuestaDe conformidad con lo artículos 1, 2, 3, fracción XLIV, 4, 12, 16, 23, fracción I, 24, fracción XI y último párrafo, 50, 51, 53, fracciones II, IV, V y VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; me permito comentar a usted lo siguiente: La Comisión Técnica del Agua del Estado de México, en el ámbito de sus facultades y atribuciones establecidas en los artículos 26 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios y 18 de su Reglamento, y en observancia a lo establecido en el artículo 5, tercer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; ha coordinado la elaboración de esquemas normativos encauzados a prevenir cualquier posible vulneración del derecho al acceso del agua potable en forma SUFICIENTE, salubre, aceptable y asequible, para garantizar la calidad y continuidad en la prestación de los servicios establecidos en la citada Ley. Los esquemas normativos elaborados por esta Comisión Técnica son los siguientes: • Norma Técnica Estatal para la Prestación del Servicio de Agua Potable en Pipa NTE-001-CTAEM-APP-2016. • Lineamientos para elaborar el Inventario de Infraestructura Hidráulica de Jurisdicción Estatal y Municipal. • Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para el Aprovechamiento de Agua Pluvial en el Estado de México. • Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos que Establecen las Condiciones Particulares de Descarga para el Agua Residual Textil. • Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la Construcción y Operación de Líneas Moradas. Mismos que fueron publicados en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” y que fueron dados a conocer a los municipios con el objeto de que, en el ámbito de su competencia, sean implementados, ya que, conforme lo estipulado en los artículos 115 fracción III inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 33 y 34 fracción I de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios y 125 fracción I de la Ley Orgánica Municipal SON LOS MUNICIPIOS QUIENES ESTÁN FACULTADOS PARA PRESTAR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE SUS AGUAS RESIDUALES. Dichos documentos normativos, pueden ser consultados en el Portal electrónico del Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, en el enlace siguiente: https://legislacion.edomex.gob.mx/ve_periodico_oficial Finalmente, se hace de su conocimiento que cuenta con el término de quince (15) días hábiles para interponer el recurso de revisión que se señala en los artículos 176, 177 y 178 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios. Sin otro particular por el momento, le envío un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-591780

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta10/05/2024Fecha solicitud término18/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo