Estado de México - Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli - (MEX)

Solicitud del día 17/04/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónQUIERO CONOCER LOS CONTRATOS PARA LA ADQUISICIÓN DE COMIDA Y BANQUETES QUE SE HAN REALIZADO EN 2023 Y LO QUE VA DE 2024Respuesta del día09/05/2024Texto de respuestaPor medio del presente y con fundamento en los artículos 3, 11, 40, 41, 46, 53 fracciones II, V y VI y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como el numeral TREINTA Y OCHO inciso d), de sus Lineamientos para la recepción, trámite y resolución de las solicitudes de acceso a la información, así como de los Recursos de Revisión que deberán de observar los Sujetos Obligados por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; ANEXO EL OFICIO DE RESPUESTA QUE A SU SOLICITUD LE ENTREGA (1) DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN (1) “ Con fundamento en los artículos 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, 6, 11, 12, 19, 23 fracción IV, 24 último párrafo y 163 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; 3 fracción XLI, 12, 23 fracción IV, 24 fracción XI y 25 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y sus Municipios; 47 fracción III y 48 del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México (2022-2024); 3 fracción V y 14 del Reglamento Interno de la Dirección de Administración del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México y en relación a la solicitud de información citada al rubro, turnada a través del Sistema de Acceso a la Información Mexiquense, consistente en: “QUIERO CONOCER LOS CONTRATOS PARA LA ADQUISICIÓN DE COMIDA Y BANQUETES QUE SE HAN REALIZADO EN 2023 Y LO QUE VA DE 2024”(SIC) Al respecto, adjunto copia simple del MEMORÁNDUM/SRM/042/2024, suscrito por la Subdirección de Recursos Materiales, mediante el cual del ámbito de competencia,informa que en relación al ejercicio fiscal 2023 se localizaron los instrumentos jurídicos número DA/SRM/ADQ/AD/019/05/2023, DA/SRM/ADQ/AD/003/06/2023, DA/SRM/ADQ/AD/037/06/2023, DA/SRM/ADQ/AD/020/07/2023, DA/SRM/ADQ/AD/027/07/2023, resperente de la adquisición de comida y banquetes, mismos que se anexan al presente. Asimismo, se informa que referente al ejercicio fiscal 2024, a la fecha de recepción de la presente solicitud, no se tiene registro de instrumento jurídico por el concepto de adquisición de comida y banquetes en esta Unidad Administrativa a mi cargo. En atención a lo antes expuesto, se advierte que no se ha generado documentación en relación a lo solicitado, por lo que me encuentro imposibilitado jurídica y materialmente para emitir pronunciamiento al respecto. Siendo aplicable, lo dispuesto por el criterio de interpretación 07/17 emitido por el Instituto Nacional de Transparencia (INAI): CRITERIO DE INTERPRETACIÓN INAI 07/17: Casos en los que no es necesario que el Comité de Transparencia confirme formalmente la inexistencia de la información. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen el procedimiento que deben seguir los sujetos obligados cuando la información solicitada no se encuentre en sus archivos; el cual implica, entre otras cosas, que el Comité de Transparencia confirme la inexistencia manifestada por las áreas competentes que hubiesen realizado la búsqueda de la información. No obstante, lo anterior, en aquellos casos en que no se advierta obligación alguna de los sujetos obligados para contar con la información, derivado del análisis a la normativa aplicable a la materia de la solicitud; y además no se tengan elementos de convicción que permitan suponer que ésta debe obrar en sus archivos, no será necesario que el Comité de Transparencia emita una resolución que confirme la inexistencia de la información. “(SIC) De lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, en términos de los artículos 11, 41, 46 y demás aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, a Usted pido se sirva tener a esta Coordinación de Transparencia por notificada en tiempo y forma la contestación a su solicitud de acceso a la información para los efectos legales correspondientes, a través del sistema denominado SAIMEX.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-591915

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta13/05/2024Fecha solicitud término09/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos