Estado de México - Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México - (MEX)

Solicitud del día 23/04/2024 a la dependencia Estado de México - Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México - (MEX) del órgano Estado de México

DescripciónSolicito saber que medidas se tomarán en contra del las personas que está como paracaidistas en la reserva ecológica lomas tulpan y como actuará el ayuntamiento para recuperar dichas áreas ya que son los mismos propietarios de la colonia aledaña lomas tulpan y si la secretaria de agua permitirá el abasto de agua sin tener medidores y no estar registrada como área habitacional ya que se están cumpliendo con varios delitos desde la tala de árboles allanamiento y el robo de servicio públicos y que acciones ha tomado el presidente municipal, en dónde ha notificado dichos actos de los vecinos de la colonia lomas tulpan ya que se comenta que una vecino tiene contactos en el ayuntamientoOtros datosGobernadora delfina Gomes y autoridades de ayuntamiento de Tlalnepantla de BazRespuesta del día26/04/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud 00102/CAMEM/IP/2024 en el que solicita “ Solicito saber que medidas se tomarán en contra de las personas que está como paracaidistas en la reserva ecológica lomas tulpan y como actuará el ayuntamiento para recuperar dichas áreas ya que son los mismos propietarios de la colonia aledaña lomas tulpan y si la secretaria de agua permitirá el abasto de agua sin tener medidores y no estar registrada como área habitacional ya que se están cumpliendo con varios delitos desde la tala de árboles allanamiento y el robo de servicio públicos y que acciones ha tomado el presidente municipal, en dónde ha notificado dichos actos de los vecinos de la colonia lomas tulpan ya que se comenta que una vecino tiene contactos en el ayuntamiento ” me permito informar a usted que la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México es un organismo administrativo y se encuentra dentro de las funciones establecidas dentro del artículo 2.26 del Código Administrativo del Estado de México, derivado a que los sujetos obligados sólo proporcionaran la información pública que se les requiera y obre en sus archivos y en el estado en que ésta se encuentre. La obligación de proporcionar información no comprende el procesamiento de la misma, ni presentarla conforme al interés del solicitante; no estarán obligados a generarla, resumirla, efectuar cálculos o practicar investigaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 párrafo segundo y 24 último párrafo, así mismo en base a lo descrito en el artículo 167 en su primer párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se le solicita dirija su petición al H. Ayuntamiento de Tlalnepantla, Estado de México con dirección Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, S/N. Tlalnepantla de Baz, C.P. 54000, Estado de México, o ingresando a la pagina web https://www.tlalnepantla.gob.mx/ , para su consulta.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-593940

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaRespuesta a la solicitud notificadaTipo de respuestaENTREGADAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta17/05/2024Fecha solicitud término26/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deEstado de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo