Estado de México - Ayuntamiento de Coyotepec - (MEX)
Solicitud del día 01/05/2024 a la dependencia Estado de México - Ayuntamiento de Coyotepec - (MEX) del órgano Estado de México
DescripciónPara el Primer Regidor del Ayuntamiento de Coyotepec: le solicito me proporcione copia del acuse de recibido de la respuesta que dio al escrito de petición con fecha del 25 de marzo de 2024 y que fue recibida en la oficialía de partes del palacio municipal de Coyotepec el día 10 de abril de 2024 y al cual se le asignó el folio 2160 (se anexa copia de la petición por escrito), y en donde se le pide el desazolve o limpieza limpieza de la tubería del sistema de drenaje del Barrio La Planada y las descargas domiciliarias al drenaje; copia del acuse de recibido con las firmas de las peticionarias que acredite que respetó su derecho de petición, que el artículo 8 constitucional le obligan a respetar, a letra dice esta disposición: “Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.” Y que igualmente el artículo 26 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México le obliga a notificar y entregar la respuesta en el domicilio de las peticionarias que les señaló para tal efecto en escrito de petición, a letra dice este ordenamiento: “Artículo 26. Las notificaciones personales se harán en el domicilio físico o electrónico que para tal efecto se haya señalado en el procedimiento o proceso administrativo.” En este sentido, la ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y municipios en su artículo 7 le obligan a respetar lo que manda el artículo 8 constitucional y el artículo 26 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, por lo que tiene el documento que se le solicita en la presente.Respuesta del día08/05/2024Texto de respuestaAnticipando un cordial saludo, de conformidad con los artículos 1, 2, 3, fracción XLIV, 4, 12, 16, 23, fracción IV, 24, fracción XI y último párrafo, 50, 51, 53, fracciones II, IV, V y VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios; me permito comentar a usted lo siguiente: se anexa oficio de respuesta por parte del servidor público habilitado del área a la que fue turnada la solicitud, finalmente, se hace de su conocimiento que cuenta con el término de quince (15) días hábiles para interponer el recurso de revisión que se señala en los artículos 176, 177 y 178 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.Archivo adjuntoDescargarFolioMEX-IP-596170