Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH)
Solicitud del día 13/12/2023 a la dependencia Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónSolicito sean informados los registros de ingresos y egresos de la entidad del año 2022 y 2033 hasta el mes de noviembre, para dicho informe se anexan dos formatos en excel, no deberían generar mayor problema o dudas ya que son los datos solicitados en la pasada auditoría a participaciones federales realizada durante este año y al ejercicio fiscal 2022.Respuesta del día15/08/2024Texto de respuestaEn relación a la ejecución presupuestaria en este caso egresos, se hace del conocimiento del peticionario que dicha consultar la información en la información publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia siguiendo la siguiente ruta: https://consultapublicamx.plataformadetransparencia.org.mx/vut-web/; debe elegir en estado o federación: Michoacán; elegir en institución: Comisión Forestal del Estado; artículo 35 Obligaciones generales fracción XXI, presupuesto asignado_ejercicio de los egresos presupuestarios, en donde podrá consultar el ejercicio del presupuesto por capitulo por capítulo del gasto de los trimestres de su interés. Sobre el particular, se hace de su conocimiento que, de manera análoga y como refuerzo de lo anterior, se tomó en cuenta el Criterio 03/17 Segunda época, emitidos por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en el sentido de que “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para la atención de solicitudes de acceso la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.” Es importante reiterar que, es de interés de esta Comisión Forestal del Estado que el solicitante localice la información y que satisfaga con ello su derecho constitucional de acceso a la información pública, no obstante, se puntualiza que la con la presente respuesta se deja a salvo su derecho, pues, se le hace entrega de la respuesta oportuna, veraz y confiable, dentro del plazo establecido por la Ley que rige en la Materia; se le han proporcionado las ligas de acceso donde podrá encontrar la información en los formatos establecidos en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales que obligan a esta Dependencia a publicar la información que solicita. Asimismo, ponemos a su disposición el teléfono (443) 3174994, ext. 502 y en el siguiente correo electrónico transparencia@cofom.michoacan.gob.mx, para atender cualquier comentario al respecto.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160336023000032