Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH)

Solicitud del día 17/06/2024 a la dependencia Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónBuenos días, de acuerdo a la Ley para la Conservación y Sustentabilidad Ambiental del Estado de Micho De Ocampo, artículo 7°. Para el cumplimiento del objeto de esta Ley, el Titular del Poder Ejecutivo del Estado tendrá las siguientes atribuciones: c) La protección de los suelos forestales, de manera que la autorización de cambio de uso de suelo de forestal a agrícola o pecuario se realice de acuerdo con la legislación aplicable en la materia; ¿Cuál es la manera más acertada para la protección de los suelos y cada cuando se llevan a cabo estos estudios después de ya sea empezar una forma de agricultura o un asentamiento humano para así evitar el desequilibrio de los nutrientes, erosión o hasta la compactación del suelo?Otros datosLey para la conservación y sustentabilidad ambiental Respuesta del día29/08/2024Texto de respuestaAl respecto, se hace de su conocimiento que dependerá de las condiciones del terreno, debido a que el tipo de cubierta vegetal presente, tipo y textura de suelo, grado de inclinación y la cantidad de milímetros de precipitación son condicionantes para determinar las actividades de protección a realizar. Si el sitio presenta suelo desnudo es un factor de riesgo para la pérdida de nutrientes en los primeros horizontes, ya sea por acción del agua o del viento. De manera, que si se realizan actividades agrícolas es importante considerar diversificar las actividades dentro del predio que pemitan el ciclaje de nutrientes como es el caso de los sistemas agroforestales y silvopastoriles en los que se pueden contemplar cultivos o áreas para pastoreo, además de incluir diseños con especies arbóreas y arbustivas con usos múltiples que impidan la presencia de suelo desnudo y por ende la erosión. En espacios donde ya se presentan indicios de erosión dependerá de la topografía del terreno para retener los primeros horizontes, por mencionar un ejemplo en zonas de escurrimiento se pueden realizar obras mecánicas como la construcción de presas de piedra, presas de morillos, presas de ramas. Por otra parte, en llanos o áreas de menor inclinación pueden realizarse terrazas continuas o individuales en combinación con actividades de reforestación y barreras vivas. Y en áreas de mayor inclinación, obras como zanjas bordo. Las acciones que se realicen dependerán entonces de las condiciones particulares del terreno para profundizar en las prácticas y en las evaluaciones. En el caso de asentamientos humanos, de acuerdo al Manual de Organización de la Comisión en el artículo 3° señala las funciones que le corresponde directamente a la COFOM, no siendo una función la de realizar diagnósticos o recomendaciones técnicas en asentamientos humanos.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160336024000071

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta15/07/2024Fecha solicitud término29/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo