Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH)

Solicitud del día 23/07/2024 a la dependencia Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónHago referencia al Decreto para la Recuperación de los Bosques y Recursos Naturales e Incentivar las Actividades Agropecuarias Sustentables en el Estado de Michoacán de Ocampo 1.- De acuerdo al Artículo 5. La quema agropecuaria de cualquier superficie vegetal deberá realizarse conforme las medidas técnicas y lineamientos que expidan la COFOM y la SEDRUA, de acuerdo a lo establecido en la NOM-015 SEMARNAT/SAGARPA-2007. 1.1 Solicito a usted se me proporcione los lineamientos expedidos por la COFOM para atender este tema de las quemas agropecuarias. 1.2 Además, como lo dice este mismo artículo acerca de: “La violación a la anterior disposición, se sancionará por la COFOM, y podrá imponer las sanciones correspondientes de acuerdo a sus atribuciones legales”. ¿A cuántas personas ha sancionado la COFOM y de ese número que cantidad se han judicializado y de que municipios del Estado de Michoacán han sido? 1.3 De acuerdo al Artículo Cuarto Transitorio. La SEDRUA y la COFOM, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, deberán emitir los lineamientos señalados en el artículo 5º, ¿cumplieron en tiempo y forma con la elaboración de dicho documento y encomendado en dicho decreto por parte de la COFOM, si no es así porque fueron omisos como funcionarios públicos en hacerlo? 2.- De acuerdo al Artículo 8, el cual menciona que los terrenos boscosos que hayan sido afectados por incendios y sean dictaminados técnicamente como de difícil recuperación natural, serán considerados como una región ecológica prioritaria con base en la delimitación del polígono impactado que realice la COFOM. 2.1 ¿Cuántos han sido los terrenos afectados por incendios dictaminados por la COFOM en 2022 y 2023 y de estos ¿cuántos de ellos fueron catalogados como regiones ecológicas prioritarias?, mencionar en que municipios se encuentran y los nombres de dichos predios. 3. De acuerdo al Artículo 9, en el cual dice a la letra que la SEMARNACC y la COFOM, con la colaboración de los Ayuntamientos y la federación, deberán elaborar un atlas en donde se señalen las zonas del Estado que por sus condiciones y servicios ambientales son de gran valor e interés ambiental, a efecto de proteger las que no se encuentren afectadas y restaurar las que sean necesarias. 3.1 Solicito se me proporcione el Documento del Atlas elaborado por parte de la COFOM así mismo su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán. 3.2 De acuerdo al atlas generado por la COFOM y los ayuntamientos ¿Cuáles son las zonas del Estado que por sus condiciones y servicios ambientales son de gran valor e interés ambiental, para ser protegidas las que no se encuentren afectadas y restaurar las que sean necesarias? 3.3 De acuerdo con lo que pasó en Angangueo hace varios años, con lo que pasó en 2018 en Peribán, en Morelia en el cerro del Quinceo y en el cerro de la Cruz en el municipio de Uruapan, la COFOM cuenta con un atlas de riesgo en zonas forestales para prevenir desastres en la población por desmonte de vegetación o cambio ilegal de uso de suelo, si su respuesta es negativa, por qué no lo ha realizado ya que de acuerdo a su decreto de creación es el organismo rector en la entidad en materia forestal?Respuesta del día29/08/2024Texto de respuestaSe adjuntan las respuestas a las preguntas solicitadas; además, se anexa el acta de Comité de Transparencia y la Resolución correspondiente a la solicitud de información.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160336024000077

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaSiRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaCopia certificadaFecha limite de respuesta30/08/2024Fecha solicitud término29/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo