Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH)
Solicitud del día 23/07/2024 a la dependencia Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán
Descripción¿Cuál es el papel de la junta de gobierno en la supervisión y evaluación de la gestión y resultados de la Comisión Forestal? ¿Se han implementado medidas para garantizar la representatividad y participación activa de las comunidades indígenas y locales en la junta de gobierno? ¿Qué acciones se han tomado para garantizar la continuidad y estabilidad en la composición y funcionamiento de la junta de gobierno? ¿Se han establecido criterios claros para la evaluación del desempeño de la junta de gobierno y sus miembros? ¿Cuál es el proceso para la designación y sustitución de los representantes gubernamentales en la junta de gobierno? ¿Qué medidas se han tomado para garantizar la imparcialidad y objetividad en las decisiones de la junta de gobierno? ¿Se han establecido mecanismos de consulta y coordinación con otros niveles de gobierno en la toma de decisiones de la junta de gobierno? ¿Cuál es el compromiso del Director General en la promoción de una gestión participativa y transparente en la junta de gobierno? ¿Se han establecido mecanismos de comunicación y difusión para informar a la sociedad sobre las actividades y decisiones de la junta de gobierno? ¿Qué acciones se han tomado para fortalecer la capacidad de gestión y coordinación de la junta de gobierno? ¿Cuál es el proceso para la elaboración y seguimiento de planes y programas de trabajo por parte de la junta de gobierno?Respuesta del día27/08/2024Texto de respuesta¿Cuál es el papel de la junta de gobierno en la supervisión y evaluación de la gestión y resultados de la Comisión Forestal? de acuerdo con el inciso II del artículo 7 del Decreto de Creación de la Comisión Forestal, la Junta tiene la atribución de analizar y aprobar, en su caso, los programas anuales de trabajo y los especiales de operación, y los proyectos de presupuestos de ingresos y egresos, así como, los estados financieros y los informes que debe presentar el director general. El decreto puede consultarse en: http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl=452106Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160336024000085