Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH)

Solicitud del día 06/09/2024 a la dependencia Michoacán - Comisión Forestal del Estado del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSaludos. Para la SEMARNAT se pregunta que informe cuantas solicitudes ah recibido su delegación en michoacán u oficinas centrales de cambio de uso de suelo forestal a agricola en los últimos 10 años, puede emplear un formato que proteja la información personal como datos personales solo indicando las fechas de solicitud y números de expediente y cuales fueron autorizadas en Michoacán. es decir cuantas autorizaciones para cambios de suelo autorizó para los últimos 10 años en Michoacán solamente y sus fechas de autorización. Para el Estado de Michoacán y Con respecto a la publicación del 29 de agosto de 2024 del periódico oficial del estado de Michoacán donde se expide el DECRETO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA PARA LA CERTIFICACIÓN DE LAS BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES DEL CULTIVO DE AGUACATE EN EL ESTADO DE MICHOACÁN con tomo CLXXXVI numero 31, Podrían informarme los siguientes puntos que no son claros y se requiere información que respalde su estudio o determinación para su publicación. -porque motivo, fundamento y respaldo se estableció 2018 como el año base y no contempla aprovechamiento o impactos anteriores a dicha fecha. -Explique el proceso por el cual el Guardían forestal en su pagina https://guardianforestal.com/ puede emitir el análisis y verificación mediante que documento y como pueden prevenir que no sea alterada la información presentada y el dictamen al que hace referencia en el artículo 56 del decreto. -Con referencia al artículo 25 del mismo decreto mencionado anteriormente y se podría ejemplificar hipoteticamente con huertas de superficies de 1 ha 5 ha y 10 ha que cumplen con 5 de los parametros de hectareas de bosque, dado que el resultado al ser de 1 ha menos 5 hectareas de bosque que procede, al ser huertas de mas de 5 hectareas y contar con los permisos suficientes es contradictorio al párrafo que precede con la superficie minima de equilibrio. Es decir se pueden realizar comprovaciones de dicha tabla con supuestos de menos de 5 ha mas de 5 ha y con 5 ha cumpliendo los parámetros. -Definir que es Compensación ambiental, porque no viene en sus definiciones a que se refieren? dinero, reforestación, desmonte, ? -de acuerdo a su formula del artículo 32 podrían realizar una simulación y explicar los términos siguientes que no vienen desglosados en su terminología: Ai y Bi donde aparecen en su fórmula; compartir su tabla en un formato mas claro; que significa E1i; que significa E sub indice 1i; que significa los valores Ej's; cual es la diferencia para esta formula entre Ctl y Cfl; definir todas las variables o elementos que componen la tabla y su metodología paso por paso; dónde se encuentra en la fórmula el término S sub indice k que tiene un valor de <= 2.25 donde aparece o se incorpora, es decir simplificar o dar a entender su metodología clara precisa y entendible ya que como principio de seguridad y técnica normativa debe ser clara y comprensible para todos. -el valor Bi hace referencia a una formula establecida en el artículo 27 del decreto, pero no existe tal formula o cual fórmula hace referencia para sacar el valor de Bi; -Cual es la plataforma habilitada para la certificación. -dentro del listado del artículo 54, como justifican la entrega de información con datos personales y protegidos de las empresas para acreditar su experiencia, cómo solicitan contratos de clientes cuando piden una certificación ISO 27001 en seguridad en la información, en confidencialidad con sus clientes. -Fundamento de la SECMA o PROAM o COFOM para realizar todo el capitulo de Verificaciones con los artículos 48 a 51 -Cual es el comité técnico al que hace referencia el artículo 66 -Metodología a emplear para realizar la evaluación hídirca a la que hace referencia el Decreto y dentro del tercero transitorio. Otros datosDECRETO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA PARA LA CERTIFICACIÓN DE LAS BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES DEL CULTIVO DE AGUACATE EN EL ESTADO DE MICHOACÁN con tomo CLXXXVI numero 31 publicado por el Periodico Oficial del Estado de Michoacán.Respuesta del día09/09/2024Texto de respuestaAl respecto, le comunicamos que la información solicitada no corresponde a alguna que posea o haya generado este Organismo; por lo que se sugiere oriente su petición a dependencias como la Secretaría del Medio Ambiente del Estado (SECMA) y la Procuraduría del Medio Ambiente (PROAM).Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160336024000089

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta09/10/2024Fecha solicitud término09/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo