Michoacán - Despacho del Gobernador - (MICH)

Solicitud del día 03/08/2024 a la dependencia Michoacán - Despacho del Gobernador - (MICH) del órgano Michoacán

Descripción1. Cada uno de los 113 municipios o ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo, cuenta con un órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar? 2. De ser afirmativa la respuesta al punto anterior, por cada uno de los órganos internos de control de los 113 municipios o ayuntamientos que integran el Estado de Michoacán de Ocampo, ¿cual es el personal que los conforma (detallando el cargo)? 3. Cuál es la función que realiza cada uno de los órganos internos de control en cada uno de los 113 municipios o ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo? LAS PREGUNTAS POSTERIORES SE REFIEREN A LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO. 4. Cuántas investigaciones derivadas de una denuncia, de una auditoría o de oficio han iniciado los órganos internos de control de los 113 municipios o ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo en contra de servidores públicos, ex servidores públicos y particulares relacionados con faltas administrativas graves y particulares en situación especial desde 2017 a 2024? DERIVADO DEL INICIO DE LAS INVESTIGACIONES MENCIONADAS EN EL PUNTO ANTERIOR: 5. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativa han iniciado los órganos internos de control de los 113 municipios o ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo en contra de servidores públicos, ex servidores públicos y particulares relacionados con faltas administrativas graves y particulares en situación especial desde 2017 a 2024? 6. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativas han iniciado los órganos internos de control de los 113 municipios o ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo en contra de servidores y exservidores públicos por faltas administrativas NO GRAVES desde 2017 a 2024? 7. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativa han iniciado los órganos internos de control de los 113 municipios o ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo en contra de servidores y exservidores públicos por faltas administrativas GRAVES desde 2017 a 2024? 8. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativa han iniciado los órganos internos de control de los 113 municipios o ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo en contra de PARTICULARES relacionados con faltas administrativas graves y PARTICULARES EN SITUACIÓN ESPECIAL desde 2017 a 2024? 9. ¿A cuantos servidores públicos, exservidores públicos y particulares se les ha impuesto una sanción que haya quedado firme y qué tipo de sanción? 10. En caso de los 113 municipios o ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo no inicien investigaciones y por lo tanto no inicien procedimientos de responsabilidad administrativa, ¿cuáles son los factores o causas principales por las que no se inician? 11. ¿Se ha iniciado investigación y por lo tanto procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de servidores y exservidores públicos responsables o que fueron responsables en el desempeño de su encargo de la investigación, substanciación y resolución de las Faltas Administrativas por obstrucción de la justicia, conforme a lo establecido en el artículo 64 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo? Otros datosLa información se puede obtener solicitándola a todos y cada uno de los órganos internos de control, contralorías municipales o similares de los 113 municipios o ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo.Respuesta del día08/08/2024Texto de respuestaEn términos de lo dispuesto en los artículos 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y, 1°, 3°, 4°, 5°, 6°, 8°, 9°, 64, 65, 66, 67 y 68 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, se comunica que se realizó una búsqueda exhaustiva y razonable de la información solicitada en todos y cada uno de los registros físicos y digitales que obran en el Despacho del Gobernador. Resultado de la búsqueda, no se localizó información relacionada con su petición, toda vez que no se encuentra en las atribuciones establecidas en el Reglamento Interior y Manual de Organización del Despacho del Gobernador. No obstante, en atención a sus preguntas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 10 se sugiere al solicitante dirigir su petición a los ayuntamientos respectivos ya que de acuerdo a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán, Capítulo XVII, artículos 77 a 80, es obligación de los municipios contar con una Contraloría Municipal; el personal que integre la contraloría municipal así como sus funciones quedarán establecidos en el marco regulatorio federal y estatal en la materia, así como cualquier otro reglamento, manual o instrumento jurídico que determine cada ayuntamiento para dicho fin. La información anterior puede ser consultada en la siguiente liga electrónica: https://celem.michoacan.gob.mx/destino/2021/1-16994_1713894531_COMPILADO%202023DIC22%20DEC%20481%20LEY%20ORG%20MPAL.pdf En lo que corresponde a las preguntas 9 y 11, se sugiere al solicitante remitir su solitud a la Secretaría de Contraloría, toda vez que de acuerdo al artículo 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, le corresponde Conocer, investigar y sancionar las conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades administrativas, y remitirlas en los casos que la ley señale, a la autoridad competente para que se determine la aplicación de las sanciones correspondientes; consultable en la siguiente liga electrónica: https://celem.michoacan.gob.mx/destino/2021/1-17621_1697212136_2023SEPTIEMBRE25%20DEC%20439%20LEY%20ORGANICA%20DE%20LA%20ADMINISTRACION.pdf La información relativa a los servidores públicos sancionados en el estado de Michoacán puede ser consultada en la siguiente liga electrónica: https://secoem.michoacan.gob.mx/sancionados/ No omitimos referir, que dichas solicitudes pueden ser presentadas en la Plataforma Nacional de Transparencia dirigida a las respectivas instituciones. Saludos cordiales.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160336624000075

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta02/09/2024Fecha solicitud término08/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo