Michoacán - Instituto de La Defensoría Pública del Estado de Michoacán - (MICH)
Solicitud del día 01/07/2024 a la dependencia Michoacán - Instituto de La Defensoría Pública del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán
Descripción 9) En el periodo comprendido entre septiembre de 2021 y septiembre de 2023 qué acciones ha emprendido la Defensoría Pública estatal para garantizar ninguna mujer o persona gestante se encuentre privada de su libertad por el delito de aborto u otros relacionados con eventos obstétricos de acuerdo con los criterios que la Suprema Corte de Justicia de la Nación desarrolló en la Acción de inconstitucionalidad 148/2017 sobre el respeto del derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes. o Adjuntar evidencia Respuesta del día17/07/2024Texto de respuestaMorelia, Michoacán, a 16 de julio de 2024. ALEX ALI MENDEZ DÍAZ PRESENTE. En atención a su solicitud número 160337224000037 de fecha 01 de julio del año 2024, dos mil veinticuatro y con número de expediente interno 37/2024, en donde solicita al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de Michoacán lo siguiente: “7) En el periodo comprendido entre septiembre de 2021 y septiembre de 2023 qué acciones ha emprendido la Defensoría Pública estatal para garantizar que los defensores y las defensoras públicas conozcan los criterios que la Suprema Corte de Justicia de la Nación desarrolló en la Acción de inconstitucionalidad 148/2017 sobre el respeto del derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes sobre la continuidad de su embarazo. o Adjuntar evidencia” Por medio del presente escrito, hago de su conocimiento que este Sujeto Obligado giró oficio al área responsable de administrar la información de su solicitud, misma que emitió su respectiva respuesta y que se adjunta a la presente para los efectos legales a los que haya lugar. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en el artículo 75 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de los datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, así como el artículo 22 fracción I de la Ley de la Defensoría Pública del Estado Michoacán. Sin otro particular, reciba un cordial saludo. A T E N T A M E N T E ____________________________ L.A DULCE MARIA VAZQUEZ MEZA SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA DEL INSTITUTO DE LA DEFENSORÍA PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN. C.c.p. Expediente.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160337224000037