Michoacán - Instituto Tecnológico Superior de Puruándiro - (MICH)

Solicitud del día 27/05/2024 a la dependencia Michoacán - Instituto Tecnológico Superior de Puruándiro - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSobre el particular, de no tener inconveniente legal, solicito proporcione la información que a continuación se indica, en el desglose de los siguientes puntos, misma que deberá enviarse al correo electrónico institucional citado. 1. a) ¿La entidad instaló el Comité de Ética? b) ¿Cuál es su organización? C) ¿Se encuentra en funciones? 2. ¿La entidad emitió el Código de Conducta armonizado al Código de Ética de la Personas Servidores Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, publicado en el POE 21-dic-2021? 3. En caso de ser afirmativa la respuesta anterior, proporcionar la liga para la consulta de su versión pública oficial. 4. Seleccione qué mecanismos de difusión se han implementado en la entidad para fomentar y vigilar la aplicación del Código de Conducta, de acuerdo a los principios, valores y reglas de integridad deseables para el servidor público. Para lo cual, se deberá detallar en el cuadro la acción o actividad realizada del 21-dic-2021 a la fecha, anotando los siguientes datos: Acción/actividad-Cantidad-Fecha Foros Boletines Folletos Buzón de quejas Murales Videos Páginas web Correos electrónicos Fotografías Otros (especificar) 5. ¿Cuántas denuncias ha atendido el Comité de Ética por el incumplimiento al Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, del periodo 21-dic-2021 a la fecha, y que sanción resultó procedente imponer? De conformidad en lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley de Transparencia, Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, solicito de la manera más atenta me facilite la información en el menor tiempo posible, que no podrá ser mayor de veinte días, contados a partir del día siguiente a su presentación. Respuesta del día14/06/2024Texto de respuestaEsta entidad Instituto Tecnológico Superior de Puruándiro se declaró competente y procedió al análisis de los registros públicos que posee, por lo que se emite la siguiente respuesta: 1. En la institución tiene instalado un Subcomité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés, el cual se encuentra en operación. 2. El Subcomité, se integra conforme a los lineamientos que establece el Estado y los establecidos por el Tecnológico Nacional de México, donde se ajusta a la siguiente estructura: Puesto Responsable Puesto Responsable Presidente María Mónica Ávalos García. Miembro Suplente Gabriela Zavala Hernández Secretario(a) Ejecutivo(a) José de Jesús Cabello Moreno Miembro Suplente Gabriela Márquez Delgado Secretario(a) Técnico(a) Ilce Nallely Orozco Montañez Suplentes Martha Cristina Garnica Ramírez Puesto Responsable Persona Asesora. Gabriela Zavala Hernández 3. Si se encuentra en funcionamiento. 4. La institución no cuenta con una versión institucional armonizada al código de Ética de la Personas Servidores Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, por ser una institución descentralizada, se da seguimiento al mismo y el emitido por el Tecnológico Nacional de México al cual estamos adscritos respecto a la parte Federal, ambos documentos con el objetivo de asegurar que las personas servidoras públicas se desarrollen en sus funciones con integridad, valores y principios. Dichos documentos se encuentran publicados en la página institucional, a través de la siguiente liga: https://tecpuruandiro.edu.mx/Calidad/igualdad_laboral.html 5. Los medios o mecanismos utilizados para realizar la difusión del código, a todas las personas que laboran en este instituto, a través de: a. Difusión en redes Sociales b. Difusión por medio de los correos del personal, proporcionados para la comunicación interna. c. Difusión y consulta por medio de la página web institucional. d. Reunión y firma de conocimiento del código. e. Curso de inducción para personal de nuevo ingreso. 6. Referente al seguimiento de denuncias, y conforme a la información archivada y controlada por el Subcomité de Ética, se han presentado 3 denuncias o solicitudes de aclaración en el periodo correspondiente al año 2021 a la fecha, de las cuales: En el primer caso, se recomendó a la Dirección General emitir un acta administrativa al expediente de la persona involucrada e inhabilitar sus funciones por un periodo de 6 meses en la docencia y cualquier actividad en relación con estudiantes. El segundo caso, se recomendó a la Dirección General emitir un acta administrativa al expediente de la persona involucrada y se diera por terminada la relación laboral con dicho servidor. El tercer caso se encuentra en proceso de revisión por parte del subcomité. Se adjunta la respuesta oficial a la solicitud en documento bajo formato PDF con nombre Oficio_003_Respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160338324000003

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta24/06/2024Fecha solicitud término14/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo