Michoacán - Instituto Tecnológico Superior de Tacámbaro - (MICH)
Solicitud del día 11/04/2024 a la dependencia Michoacán - Instituto Tecnológico Superior de Tacámbaro - (MICH) del órgano Michoacán
Descripción1.- Nombres de los servidores públicos y/o funcionarios de gobierno, adscritos a este H. Órgano de la Administración Pública del Estado, que les hayan realizado el pago de una LIQUIDACIÓN, FINIQUITO E INDEMNIZACIÓN, en cumplimiento de un LAUDO, SENTENCIA o CONVENIO, en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, y aún continúen laborando para esa H. Autoridad; 2.- Asimismo, con relación a lo anterior (al punto número 1), se solicita informe específicamente los importes y conceptos que les fueron pagados, e indique la cantidad de impuesto sobre la renta (ISR) que les fue retenido en razón de dichos pagos. 3.- Nombres de los ex servidores públicos y/o ex funcionarios de gobierno, que hayan pertenecido a este H. Órgano de la Administración Pública del Estado, y se les haya realizado el pago de una LIQUIDACIÓN, FINIQUITO E INDEMNIZACIÓN, derivado de su terminación laboral (justificada o injustificada), en cumplimiento de un LAUDO, SENTENCIA o CONVENIO, en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023; 4.- Asimismo, con relación a lo anterior (al punto número 3), se solicita informe específicamente los importes y conceptos que les fueron pagados a dichos ex servidores públicos y/o ex funcionarios de gobierno, e indique la cantidad de impuesto sobre la renta (ISR) que les fue retenido en razón de dichos pagos (por su terminación laboral). Otros datosNOMBRE, AÑO QUE SE EFECTUÓ EL PAGO, MONTO BRUTO, RETENCION DEL ISR, MONTO NETORespuesta del día19/04/2024Texto de respuesta“Respecto al numeral: --------------------------------------------------------------------------------------------------- 1. De los expedientes de asuntos jurídicos, que fueron entregados a la presente gestión, por parte de la administración anterior, mismos que aún se encuentran en trámite, no se desprende que se hayan pagado liquidación, finiquito e indemnización en cumplimiento de un LAUDO, SENTENCIA o CONVENIO, en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, a servidores públicos o funcionarios de gobierno y que aún continúen laborando. ----------------- 2. No aplica de acuerdo con lo descrito en el numeral 1. ---------------------------------------------------- 3. De los expedientes de asuntos jurídicos, que fueron entregados a la presente gestión, por parte de la administración anterior, mismos que aún se encuentran en trámite, no se desprende que se haya realizado el pago de una liquidación, finiquito e indemnización derivado de su terminación laboral (justificada o injustificada), en cumplimiento de un LAUDO, SENTENCIA o CONVENIO, en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, a servidores públicos o funcionarios de gobierno -------------------------------------------------------------------------------- 4. No aplica de acuerdo con lo descrito en el numeral 3.” ---------------------------------------------------Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160338424000001