Michoacán - Instituto Tecnológico Superior de Tacámbaro - (MICH)

Solicitud del día 27/05/2024 a la dependencia Michoacán - Instituto Tecnológico Superior de Tacámbaro - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSobre el particular, de no tener inconveniente legal, solicito proporcione la información que a continuación se indica, en el desglose de los siguientes puntos, misma que deberá enviarse al correo electrónico institucional citado. 1. a) ¿La entidad instaló el Comité de Ética? b) ¿Cuál es su organización? C) ¿Se encuentra en funciones? 2. ¿La entidad emitió el Código de Conducta armonizado al Código de Ética de la Personas Servidores Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, publicado en el POE 21-dic-2021? 3. En caso de ser afirmativa la respuesta anterior, proporcionar la liga para la consulta de su versión pública oficial. 4. Seleccione qué mecanismos de difusión se han implementado en la entidad para fomentar y vigilar la aplicación del Código de Conducta, de acuerdo a los principios, valores y reglas de integridad deseables para el servidor público. Para lo cual, se deberá detallar en el cuadro la acción o actividad realizada del 21-dic-2021 a la fecha, anotando los siguientes datos: Acción/actividad-Cantidad-Fecha Foros Boletines Folletos Buzón de quejas Murales Videos Páginas web Correos electrónicos Fotografías Otros (especificar) 5. ¿Cuántas denuncias ha atendido el Comité de Ética por el incumplimiento al Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, del periodo 21-dic-2021 a la fecha, y que sanción resultó procedente imponer? De conformidad en lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley de Transparencia, Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, solicito de la manera más atenta me facilite la información en el menor tiempo posible, que no podrá ser mayor de veinte días, contados a partir del día siguiente a su presentación. Respuesta del día31/05/2024Texto de respuesta“Respecto al numeral: -----------------------------------------------------------------------------1. a) ¿La entidad instaló el Comité de Ética? Si. ----------------------------------------------b) ¿Cuál es su organización? Me permito hacer referencia a las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento del Subcomité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, Código: TecNM-GIG-SEPCI-02-04, Revisión: 4, Referencia: NMX-R-025-SCFI-2015, Requisito 2, 5.3.3.2.1, V. ELECCIÓN DE LAS Y LOS MIEMBROS DEL SUBCOMITÉ DE ÉTICA, CONFORMACIÓN DEL COMITÉ. De acuerdo a lo establecido en el Capitulo II del ACUERDO por el que se emite los Lineamientos Generales para la Integración y funcionamiento de los Comités de Ética (D.O.F. 28/12/2020), los Subcomités estarán conformados por personas servidoras públicas de los distintos niveles jerárquicos en los que por ningún motivo podrá excluirse al personal sindicalizado. Los subcomités se integrarán por seis miembros propietarios con voz y voto y seis suplentes, de los cuales seis participarán de manera permanente y seis serán electos con carácter temporal. En el caso de los Institutos Descentralizados, si el Estado del que forman parte emite lineamientos para la Instalación de comités de ética, deberán realizar la instalación como lo emita su estado y reportar al sistema la instalación y conformación de este con el cual se estaría dando cumplimiento a lo establecido. Para la integración será únicamente necesario garantizar que todos los niveles jerárquicos de los Institutos Tecnológicos y Centros se encuentren representados en el Subcomité. Por lo anterior, el Subcomité quedará integrado por seis miembros propietarios, servidores(as) públicos (as) con voz y voto, incluyendo la Secretaría Técnica, la Secretaría Ejecutiva y la Presidencia que tendrán carácter de miembros propietarios permanentes; este último presidiendo el Comité y realizando las gestiones pertinentes para llevar a cabo la nominación y elección de las personas propietarias y respectivas suplencias, garantizando que las personas se encuentren adscritas al instituto tecnológico o centro. Por cada miembro propietario temporal electo se elegirá un miembro suplente del mismo nivel jerárquico; en el caso de los miembros permanentes el Presidente será quien designará su suplencia, la de la Secretaría Ejecutiva y la de la secretaría Técnica. Las personas electas titulares durarán en su cargo tres años contando a partir de la fecha establecida en el acta de Instalación y podrán ser reelectas hasta por una ocasión. Cada tres años se realizará la renovación parcial de los Subcomités, en un ejercicio electivo se elegirán los miembros propuestos. Una vez concluidos los tres años, se realizará la renovación de subcomité siguiendo el mismo proceso de instalación (convocatoria, nominación y votación). A efecto de asegurar la paridad de género, el comité de ética, podrá establecer que para la elección de ciertos niveles solo se admitan la nominación de personas de un sexo y que, como primer criterio de desempate en una elección se privilegie a la persona del sexo con menor número de miembros en el mismo. La Presidencia, la Secretaría Ejecutiva y la Secretaría Técnica al ser puestos por designación son miembros permanentes; por lo cual, su cargo no pasará por proceso de votación y renovación; solo se podrá cambiar a la Presidencia o las Secretarías si la persona Titular de la Dirección del Instituto así lo decide. I. ELECCIÓN DE LAS Y LOS MIEMBROS DEL SUBCOMITÉ DE ÉTICA 1. Organización del Proceso Electivo Cuando el Subcomité de Ética se conforme por primera vez, o bien, para la ocupación de vacantes o renovación de este, la persona que se designe para ocupar la presidencia deberá organizar el proceso para elegir a las personas servidoras públicas que integrarán dicho órgano, conforme a lo siguiente: a) Emitir la convocatoria para el registro de las personas servidoras públicas que pretendan obtener una candidatura al comité de étiArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160338424000003

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta24/06/2024Fecha solicitud término31/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo