Michoacán - SECRETARÍA DEL BIENESTAR - (MICH)
Solicitud del día 01/11/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARÍA DEL BIENESTAR - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónBuenos días: Por este medio solicito a usted, muy atentamente, EL INVENTARIO Y DESPLAZAMIENTOS DE MEDICAMENTOS Y MATERIAL DE CURACIÓN DEL PERIODO DEL 01 DE ENERO DE 2023 AL 31 DE OCTUBRE DE 2024, dicha entrega de información debe contener: • Nombre de la Entidad Federativa. • Clave de Cuadro Básico y Diferencial. • Descripción. • Nombre comercial del Medicamento. • Número de Piezas. • Precio Unitario. • Importe. • Proveedor. • Tipo de Compra (Licitación, Adjudicación, Invitación). • Número de Orden (Licitación, Adjudicación, Invitación). • Número de Contrato (Contrato, Licitación o Factura). • CLUES de Destino. • Nombre de la CLUES. • Unidad Compradora (Estado o INSABI). • Fecha de Entrada. SOLICITAMOS DE LA MANERA MÁS ATENTA DICHA INFORMACIÓN SEA ENVÍADA EN FORMATO DE HOJA DE CÁLCULO DE EXCEL. Adjunto a usted ejemplo de la información solicitada, esperando que le sea de utilidad. Agradezco sus atenciones y quedo a la espera de su amable respuesta. Respuesta del día06/11/2024Texto de respuestaDe acuerdo a lo señalado en el artículo 79 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, la Secretaría del Bienestar del Gobierno del Estado de Michoacán, se declaró incompetente para dar respuesta a lo que nos ocupa. Con fundamento en las atribuciones señaladas en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, que a la letra dice: A la Secretaría del Bienestar, le corresponde el ejercicio de las atribuciones siguientes: I. Formular, normar y coordinar políticas y programas generales para el desarrollo social con la participación ciudadana, que coadyuven al mejoramiento de las condiciones de vida de la población; II. Proponer al Gobernador del Estado, las políticas y programas de desarrollo y bienestar, para atender las necesidades de la población; III. Establecer los lineamientos generales y coordinar los programas específicos que en materia de su competencia se convengan con los municipios; IV. Establecer y regular políticas y programas de apoyo y orientación en materia alimentaria, en coordinación con las diferentes instancias del Gobierno del Estado; y los distintos órdenes del Gobierno Federal, de los estados, de la Ciudad de México, los municipios y autoridades de autogobierno de las comunidades indígenas; V. Promover programas federales, normar y coordinar acciones estatales de combate a la pobreza, que se ejecuten en el Estado; VI. Formular, normar, coordinar y vigilar la aplicación de políticas y programas de prevención y atención a grupos sociales altamente vulnerables, tales como mujeres, pueblos indígenas, personas con discapacidad, personas con orientación sexual diversa, personas en situación de calle, afrodescendientes y todos aquellos grupos que se encuentren en situación de vulnerabilidad; VII. Formular, promover, instrumentar y evaluar políticas públicas que den atención a la juventud, con el fin de fomentar su desarrollo social, cultural, productivo, educativo, político y económico para incorporarlos y hacerlos partícipes del desarrollo integral del Estado; VIII. Diseñar, promover, impulsar y operar programas de otorgamiento de becas a las y los jóvenes, los cuales deberán atender a reglas de operación claras, bajo criterios técnicos medibles, cuantificables y de evaluación permanente, así como padrones transparentes; IX. Coordinar, vigilar y evaluar que las instituciones de asistencia privada y sus patronatos cumplan con los ordenamientos jurídicos aplicables; X. Coordinar los servicios públicos de información y orientación de programas para el bienestar social; XI. Organizar y acreditar el servicio social de pasantes; XII. Fomentar la participación de las organizaciones civiles y comunitarias, de las instituciones académicas y de investigación, y de la sociedad en general, en la formulación, instrumentación y operación de las políticas y programas que lleve a cabo; XIII. Apoyar iniciativas y proyectos de la sociedad, relacionados con las materias a su cargo; XIV. Definir las zonas, localidades y regiones territoriales del Estado que requieran atención integral e inmediata, en materia de combate a la pobreza y marginación; XV. Establecer los lineamientos y criterios para la evaluación de los programas para el bienestar y acciones que realicen organizaciones sociales, las unidades administrativas y sus órganos sectorizados, con los recursos federales, estatales y municipales relativos al desarrollo social; XVI. Llevar … XVII. Colaborar … XVIII. Diseñar, … XIX. Promover … XX. Formular, … XXI. Las demás … Derivado de lo anterior, se recomienda al solicitante remitir su solicitud a la Secretaría de Salud de Michoacán, a través de la liga siguiente: https://www.plataformadetransparencia.org.mx En virtud de que la plataforma no permite más caracteres, se recomienda al solicitante consultar la respuesta completa en el documento adjunto. Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160339824000076