Michoacán - Universidad Intercultural Indígena de Michoacán - (MICH)

Solicitud del día 26/12/2023 a la dependencia Michoacán - Universidad Intercultural Indígena de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSolicito saber el motivo por el cual siendo 26 de diciembre de 2023 no se han pagado el aguinaldo de algunos empleados de la Institución en mención. Están incurriendo a la falta del cumplimiento del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Solicito saber si habrá algún tipo de compensación para esa falta a lo que marca dicha Ley. Respuesta del día13/02/2024Texto de respuestaOficio N° 024/2024 ASUNTO: Respuesta a Solicitud de Información Pátzcuaro, Michoacán, a 13 de febrero de 2024 C. Presente. Con fundamento legal en los artículos 1º, 3º, 4º, 5º, 6º, 8º, 9º, 64, 65, 66, 67, y 68 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de 7Michoacán de Ocampo y en atención a la solicitud de información presentada con fecha 03 de enero de 2024 registrada bajo el folio número 160341024000001 del sistema Plataforma Nacional de Transparencia relativa a: Solicito de la Universidad Intercultural Indígena de Michoacán lo siguiente: “…Solicito saber el motivo por el cual siendo 26 de diciembre de 2023 no se han pagado el aguinaldo de algunos empleados de la Institución en mención. Están incurriendo a la falta del cumplimiento del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Solicito saber si habrá algún tipo de compensación para esa falta a lo que marca dicha Ley…” (Sic). La Universidad Intercultural indígena de Michoacán, se declaró parcialmente competente para emitir la siguiente respuesta, de conformidad con lo establecido por los artículos 8, 75 y 77 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, así como los artículos 13 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; por lo que se emite la siguiente respuesta: “El aguinaldo fue cubierto de manera regular a los empleados de la Universidad el 20 de diciembre de 2023, a excepción de los casos de empleados que contaban con comprobación de gastos pendientes de entregar, conforme a lo establecido en: Artículo 110 de la LFT y CAPITULO IV DE LA COMPROBACIÓN DE GASTOS DE VIÁTICOS Y TRASLADOS, artículo 30, del MANUAL PARA EL EJERCICIO DEL GASTO EN MATERIA DE VIATICOS PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN”. Sin otro asunto que tratar reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE M. CO. JOSÉ MIGUEL SILVA ROCHA UNIDAD DE TRANSPARENCIAArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160341024000001

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta07/02/2024Fecha solicitud término13/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo