Michoacán - Universidad Virtual del Estado de Michoacán de Ocampo - (MICH)
Solicitud del día 03/09/2024 a la dependencia Michoacán - Universidad Virtual del Estado de Michoacán de Ocampo - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónDerivado de la solicitud N° 160341424000029, en la cual se solicita la información del personal que labora por medio de contratos por honorarios y cuentan con cédula profesional. Anteriormente se ha mencionado que se encuentra en tramite su cédula profesional, sin embargo, a día de hoy no existe ningún registro a su nombre en el Portal Nacional de Profesionistas, adicionalmente desde que empezó a laborar en la institución no se ha registrado su comprobante de su ultimo grado de estudios. 1.- ¿Porqué desde que la C. Ma. Gricelda Lino Alejandre empezó a laborar con ustedes no se le ha solicitado su titulo profesional acompañado de su cédula profesional.? 2.- ¿Porque la C. Ma. Gricelda Lino Alejandre cobra honorarios y en su contrato se menciona como Licenciada en Derecho? En base al Artículo 1769 del CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE MICHOACAN. "Los que sin tener el título correspondiente ejerzan profesiones para cuyo ejercicio la ley exija título, además de incurrir en las penas respectivas, no tendrán derecho de cobrar retribución por los servicios profesionales que hayan prestado." Respuesta del día26/09/2024Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160341424000069