Michoacán - Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Morelia - (MICH)

Solicitud del día 28/04/2024 a la dependencia Michoacán - Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Morelia - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSí de acuerdo con el artículo 121 de la LEY DEL AGUA Y GESTION DE CUENCAS PARA EL ESTADO DE MICHOACAN, "La falta de pago en dos ocasiones consecutivas, por parte de usuarios no domésticos, faculta al municipio o al prestador de los servicios para suspender los servicios públicos hasta que se regularice su pago. En el caso de uso doméstico, la falta de pago en tres ocasiones consecutivas ocasionará la disminución al mínimo indispensable de los servicios públicos" ¿por qué el OOAPAS de Morelia lleva a cabo la suspensión y no la restricción o disminución del servicio en domicilios que son casa habitación dentro de las colonias de la ciudad de Morelia? Con lo que pone en riesgo la vida de las personas y su derecho humano a la vida. ¿El OOAPAS Morelia puede afirmar y garantizar que en caso de casa habitación o uso doméstico del servicio, cuando existe la falta de pago en tres ocasiones consecutivas del servicio de suministro de agua potable, se lleva a cabo solamente la disminución y no la suspensión del servicio? ¿El OOAPAS Morelia puede afirmar y garantizar que al día de hoy no existen casos de suspensión del servicio en casa habitación o uso doméstico del servicio ante la falta de pago en tres ocasiones consecutivas del servicio de suministro de agua potable? ¿Cuántos casos de suspensión del servicio de suministro a de agua potable en casa habitación o uso doméstico existen al día de hoy en Morelia? ¿Cuántos casos de restricción o disminución del servicio de suministro a de agua potable en casa habitación o uso doméstico existen al día de hoy en Morelia? ¿A cuántos litros de agua diarios se disminuye el suministro de agua potable en casa habitación o uso doméstico en Morelia? Otros datosLa información corresponde al OOAPAS Morelia. Respuesta del día29/05/2024Texto de respuestaESTIMADO JUSTICIA PARA LOS MORELIANOS. P R E S E N T E: Como respuesta a su solicitud presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia el pasado 28 de abril del 2024 y encontrándonos dentro del término para resolver al peticionario establecido en el artículo 75 en correspondencia con el artículo 68 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, este Organismo Operador hace de su conocimiento que: PRIMERO.- En atención a su solicitud de información presentada a este Sujeto Obligado, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (Michoacán) registrada con el número de folio 160341724000023. Se adjunta respuesta con la información proporcionada por la Subdirección Comercial de este Sujeto Obligado. Sin otro particular por el momento, quedo a sus órdenes para cualquier duda o comentario al respecto. Atentamente, LCC. Miguel Ángel Castro Castro Jefe de la Oficina de Transparencia OOAPAS Morelia.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160341724000023

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta30/05/2024Fecha solicitud término29/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaDescentralizados