Michoacán - Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Morelia - (MICH)

Solicitud del día 16/10/2024 a la dependencia Michoacán - Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Morelia - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónCuales fueron los motivos para que se tuviera que abrir la presa de cointzio y cuales fueron las repercusiones que trajo consigo el haberlo abierto Que colonias fueron afectadas por la falta de agua y porque sucedio la falta de aguaRespuesta del día22/10/2024Texto de respuestaESTIMADA PAOLA GONZÁLEZ SALINAS P R E S E N T E: Como respuesta a su solicitud presentada a través del correo electrónico institucional, el pasado 16 de octubre del 2024 y encontrándonos dentro del término para resolver al peticionario establecido en el artículo 75 en correspondencia con el artículo 68 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, este Organismo Operador hace de su conocimiento que: PRIMERO.- En atención a su solicitud de información presentada a este Sujeto Obligado, a través del correo electrónico y registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia (Michoacán) con el número de folio 160341724000042, donde requiere: “Cuales fueron los motivos para que se tuviera que abrir la presa de cointzio y cuales fueron las repercusiones que trajo consigo el haberlo abierto Que colonias fueron afectadas por la falta de agua y porque sucedio la falta de agua...” (Sic) Al respecto, me permito comunicarle lo siguiente: Este sujeto obligado solamente es competente para responder la pregunta 2: ¿Qué colonias fueron afectadas por la falta de agua y porque sucedió la falta de agua? Ya que la primera le corresponde a la Dirección Local en Michoacán de la Comisión Nacional de Agua. En tal virtud, se le sugiere dirigir su solicitud de información a la Unidad de Transparencia de la citada institución; página web https://www.gob.mx/conagua/acciones-y-programas/michoacan-74856 o realizar su petición ingresando a la Plataforma Nacional de Trasparencia: http://www.plataformadetransparencia.org.mx en el Sujeto Obligado: Comisión Nacional del Agua. Lo anterior, con fundamento en lo establecido en el artículo 79 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán. Ahora bien, en lo que se refiere a las colonias afectadas en Morelia, se adjunta documento con la información proporcionada por la Subdirección de Distribución de este Sujeto Obligado. Sin otro particular por el momento, quedo a sus órdenes para cualquier duda o comentario al respecto y aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. Atentamente, LCC. Miguel Ángel Castro Castro Jefe de la Oficina de Transparencia OOAPAS Morelia. Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160341724000042

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta15/11/2024Fecha solicitud término22/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaDescentralizados