Michoacán - Congreso del Estado de Michoacán - (MICH)

Solicitud del día 19/06/2024 a la dependencia Michoacán - Congreso del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSe anexa documento con solicitudRespuesta del día24/06/2024Texto de respuestaMorelia, Michoacán a 20 de junio de 2024 C. Víctor Antonio Sánchez Presente. Agradezco su interés por estar informado y establecer contacto con esta Legislatura. En lo que respecta a su solicitud de información, le hago de su conocimiento que de la misma se advierte que esta no es competencia de este H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, toda vez que como sujeto obligado no cuenta con las facultades y/u obligaciones que le permitan conocer sobre los planteamientos expuestos en su solicitud, por lo que se infiere que es competencia del Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, esto en cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas le corresponde el ejercicio de las atribuciones entre otras lo siguiente: Tiene la responsabilidad de ejecutar las obras públicas convenidas por el Gobierno del Estado que no sean de la competencia de otra dependencia o entidad; promover lo conducente, a efecto de que el Estado cuente con los servicios públicos necesarios en materia de comunicaciones; proporcionar los servicios públicos de telecomunicaciones que correspondan al Estado y dar cumplimiento a los convenios celebrados en la materia; planear, programar, coordinar y presupuestar la construcción, conservación, mantenimiento y modernización de las carreteras, puentes, caminos vecinales y demás vías de comunicación terrestre del Estado; así como construir y conservar en buen estado las carreteras, caminos vecinales, aeropistas y demás vías de jurisdicción estatal, Promover, planear y coadyuvar en la gestión y ejecución de obras por cooperación, en los municipios en los que se convengan este tipo de obras. … Por lo que le sugerimos solicitar dicha información a través del responsable de atender las solicitudes de información en la plataforma Nacional de Transparencia o de la solicitud electrónica que podrá encontrar en la página web: http://www.plataformadetransparencia.org.mx/ Lo anterior con fundamento en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, en su artículo 79 que a letra dice: “Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes.” Sin más por el momento, le envío un cordial saludo. Atentamente Lic. Carina de Jesús García Campos Coordinadora de Transparencia y Acceso a la Información del Congreso del Estado Mail: transparenciayaccesoalainformacion@congresomich.gob.mx pag. web: http://congresomich.gob.mx Miguel Silva No. 418, Centro Histórico, CP.58000, Morelia, Michoacán. Tel. Directo: (443) 312-04-85Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160342124000087

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta17/07/2024Fecha solicitud término24/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Legislativo