Michoacán - LOS REYES - (MICH)

Solicitud del día 28/08/2024 a la dependencia Michoacán - LOS REYES - (MICH) del órgano Michoacán

Descripción1. ¿El Ayuntamiento cuenta con un órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar? 2. De ser afirmativa la respuesta al punto anterior, ¿cuál es el personal que los conforma (detallando el cargo)? 3. ¿Cuál es la función que realiza el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del Ayuntamiento? LAS PREGUNTAS POSTERIORES SE REFIEREN A LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO. 4. Atendiendo a lo que establece la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo, el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, ¿cuenta con la autoridad investigadora, la autoridad substanciadora y la autoridad resolutora? 5. De ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, ¿qué autoridades (cargos) desempeñan dichas funciones? 6. ¿Cuántas investigaciones derivadas de una denuncia, de una auditoría o de oficio ha iniciado el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, en contra de servidores públicos, ex servidores públicos y particulares relacionados con faltas administrativas graves y particulares en situación especial desde 2017 a 2024? DERIVADO DEL INICIO DE LAS INVESTIGACIONES MENCIONADAS EN EL PUNTO ANTERIOR: 7. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativas han iniciado el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, en contra de servidores y exservidores públicos por faltas administrativas NO GRAVES desde 2017 a 2024? 8. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativa han iniciado el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento en contra de servidores y exservidores públicos por faltas administrativas GRAVES desde 2017 a 2024? 9. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativa han iniciado el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, en contra de PARTICULARES relacionados con faltas administrativas graves y PARTICULARES EN SITUACIÓN ESPECIAL desde 2017 a 2024? 10. ¿A cuántos servidores públicos, exservidores públicos y particulares se les ha impuesto una sanción que haya quedado firme y qué tipo de sanción? 11. En caso de que el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, no inicie investigaciones y por lo tanto no inicien procedimientos de responsabilidad administrativa, ¿cuáles son los factores o causas principales por las que no se inician? 12. ¿Se ha iniciado investigación y por lo tanto procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de servidores y exservidores públicos que fueron responsables en el desempeño de su encargo de la investigación, substanciación y resolución de las Faltas Administrativas por obstrucción de la justicia, conforme a lo establecido en el artículo 64 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo? Otros datosLa contraloría municipal del ayuntamiento cuenta con la información solicitada.Respuesta del día29/08/2024Texto de respuestaHola que tal muy buen día, estimada LUZ DEL ROSARIO CAMPOS DÍAZ.. En atención a su solicitud con folio: 160347024000035 recibida el 28/08/2024 15:21:01 PM. Donde solicita la información siguiente: 1. ¿El Ayuntamiento cuenta con un órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar? Si 2. De ser afirmativa la respuesta al punto anterior, ¿cuál es el personal que los conforma (detallando el cargo)? Contralor Municipal 3. ¿Cuál es la función que realiza el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del Ayuntamiento? Las atribuciones se encuentran plasmadas en el artículo 79 de la Ley orgánica Municipal, Reglamento Interior de la Administración Artículo 50, fracciones de la I a la X. Reglamento Interior de Contraloria Artículo 7, fracciones de la I a la XXII, Ley de Responsabilidades Administrativas y demás disposiciones aplicables. LAS PREGUNTAS POSTERIORES SE REFIEREN A LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO. 4. Atendiendo a lo que establece la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo, el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, ¿cuenta con la autoridad investigadora, la autoridad substanciadora y la autoridad resolutora? No 5. De ser afirmativa la respuesta a la pregunta anterior, ¿qué autoridades (cargos) desempeñan dichas funciones? No aplica 6. ¿Cuántas investigaciones derivadas de una denuncia, de una auditoría o de oficio ha iniciado el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, en contra de servidores públicos, ex servidores públicos y particulares relacionados con faltas administrativas graves y particulares en situación especial desde 2017 a 2024? A pesar de no contar con la estructura orgánica, se han realizado y levantado los expedientes de 8 investigaciones. DERIVADO DEL INICIO DE LAS INVESTIGACIONES MENCIONADAS EN EL PUNTO ANTERIOR: 7. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativas han iniciado el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, en contra de servidores y exservidores públicos por faltas administrativas NO GRAVES desde 2017 a 2024? Las 8 han sido de faltas no graves 8. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativa han iniciado el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento en contra de servidores y exservidores públicos por faltas administrativas GRAVES desde 2017 a 2024? La contraloría no tiene la facultad para las faltas graves, solo el tribunal. 9. ¿Cuántos procedimientos de responsabilidad administrativa han iniciado el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, en contra de PARTICULARES relacionados con faltas administrativas graves y PARTICULARES EN SITUACIÓN ESPECIAL desde 2017 a 2024? Ninguna 10. ¿A cuántos servidores públicos, exservidores públicos y particulares se les ha impuesto una sanción que haya quedado firme y qué tipo de sanción? Ninguna 11. En caso de que el órgano interno de control, contraloría municipal u órgano similar del ayuntamiento, no inicie investigaciones y por lo tanto no inicien procedimientos de responsabilidad administrativa, ¿cuáles son los factores o causas principales por las que no se inician? No contar con la estructura orgánica necesaria. 12. ¿Se ha iniciado investigación y por lo tanto procedimiento de responsabilidad administrativa en contra de servidores y exservidores públicos que fueron responsables en el desempeño de su encargo de la investigación, substanciación y resolución de las Faltas Administrativas por obstrucción de la justicia, conforme a lo establecido en el artículo 64 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo? No Agradezco su atención. Saludos.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160347024000035

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta26/09/2024Fecha solicitud término29/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaAyuntamientos