Michoacán - MORELIA - (MICH)

Solicitud del día 20/08/2024 a la dependencia Michoacán - MORELIA - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónBuenas tardes: Me dirijo a ustedes para solicitar la documentación pertinente, si es que se tiene (documentación VERSIÓN PUBLICA), para que un puesto de tacos tenga más de 10 años invadiendo casi media calle y banqueta de la calle Jalisco esquina avenida Francisco I. Madero, en caso de que no se cuente con ella, deseo saber porqué permiten que invada tanto espacio (qué medidas permitieron), si lo autorizaron si cuentan con la licencia de comerciantes permanentes o temporales de acuerdo al Artículo 4 de REGLAMENTO PARA COMERCIOS Y MERCADOS EN LA VÍA PÚBLICA), ya que pone en peligro a comensales, peatones y automovilistas y qué sanciones aplicarán al respecto. Cabe mencionar que también infringen el artículo 11 (Queda terminantemente prohibida la instalación de puestos que invadan la vía pública en zona no afecta legalmente para mercado o que la obstruyen en perjuicio de libre tránsito de peatones o de vehículos, así como, colocar marquesinas, toldos, rótulos, cajones, canastos, fuera de ellos y en las zonas adyacentes). El "establecimiento" infringe también el REGLAMENTO DE LA LEY DE TRÁNSITO Y VIALIDAD DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO al Artículo 68 y Capítulo Sexto DE LA NORMATIVIDAD COMPLEMENTARIA A LA CIRCULACIÓN, Artículo 69 Anexo fotografías del establecimiento. Sin otro particular por el momento, espero pronta respuesta de ustedes, sujetos obligados en los términos que marca la Ley (por mucho 20 días hábiles). Respuesta del día18/09/2024Texto de respuesta: SA/DITAI/2701/2024 18 de septiembre de 2024 Ivan Gonzalez Solicitante Con el gusto de saludarle, en seguimiento a su solicitud de datos personales, registrada en Plataforma Nacional de Transparencia, con el folio: 160347424000741, le comunico que fue turnada a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad y la Comisión Municipal de Seguridad Ciudadana, mediante los oficios SEDUM/ST/1082/2024 y CMSC/CT/0061/2024 anexos, brindan respuesta a su solicitud. Lo anterior, con fundamento en el artículo 47 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán de Ocampo; así como el artículo 3°, fracción I; artículo 5°; artículo 13, fracción VI; de la Ley de Gobierno Digital del Estado de Michoacán de Ocampo, vigente. Además, la letra B del inciso E del artículo 43 del Bando de Gobierno; las fracciones VI y V del artículo 52 del Reglamento de Organización de la Administración Pública y los artículos 2°, 20, fracción III, 21, fracción III, 23 y los artículos del 45 al 60 del Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos, todos del Municipio de Morelia, del estado de Michoacán de Ocampo. Finalmente, en espera de que la información ofrecida resuelva claramente su solicitud, se le informa que estaremos atentos a cualquier duda o comentario, por los medios señalados al margen de este documento. CORDIALMENTE Dra. Emilia Guillermina Bucio Piñón Directora de Transparencia y Acceso a la Información. Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160347424000741

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónManualprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaCopia SimpleFecha limite de respuesta18/09/2024Fecha solicitud término18/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaAyuntamientos