Michoacán - TZINTZUNTZAN - (MICH)
Solicitud del día 30/04/2024 a la dependencia Michoacán - TZINTZUNTZAN - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónDe acuerdo con la Ley Orgánica Municipal, en el artículo 183 establece que cada Ayuntamiento formará un consejo de la crónica municipal, por lo anterior, se requiere la siguiente información: 1. ¿Tiene instalado el consejo de la crónica municipal?, en caso afirmativo ¿Cuál es la fecha de su instalación? 2. Sí cuenta con un consejo de la crónica municipal, mencionar de sus integrantes: nombre completo, cargo en el consejo, antigüedad, percepción por ese cargo dentro del consejo. 3. ¿El municipio cuenta con Reglamento Municipal del Consejo de la Crónica?, proporcionar la fecha de publicación en el periódico oficial y sección. 4. ¿El municipio tiene nombrado cronista oficial?, en caso afirmativo, proporcionar su nombre completo y antigüedad en el cargo. 5. ¿En el municipio hay cronistas independientes?, es decir cronistas que no sea el cronista oficial o alguno de los integrados al consejo de la crónica municipal, en caso afirmativo, proporcionar el nombre completo. 6. La administración municipal tiene asignada alguna partida presupuestal o programa para la operación del consejo de crónica municipal, dentro del Presupuesto de Egresos del Municipio, durante el ejercicio fiscal 2023 y 2024.Respuesta del día09/05/2024Texto de respuestaPara dar Cumplimiento al artículo 78 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán, la solicitud con número de folio 160351524000013 y fecha de recepción del 30/04/2024, le hago llegar oficio con la información solicitada. Sin otro particular, aprovecho para enviarle un cordial saludo. Atentamente C. Laura Flores Estrada Directora de Transparencia y Acceso a la Información PúblicaArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160351524000013