Michoacán - ZINAPÉCUARO - (MICH)
Solicitud del día 22/01/2024 a la dependencia Michoacán - ZINAPÉCUARO - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónHola, quiero saber cuál es el procedimiento seguido por la autoridad substanciadora del órgano interno de control para dar cumplimiento a los artículos 208, fracción II, y 209, segundo párrafo, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, particularmente para garantizar la designación de un defensor de oficio al servidor público o particular señalado como presunto responsable, en el supuesto de que no pueda o no quiera contar con un abogado particular. Y el fundamento legal para justificar dicha actuación.Respuesta del día09/10/2024Texto de respuestaEl procedimiento seguido por el Órgano Interno de Control del H. Ayuntamiento de Zinapécuaro; Michoacán, para garantizar la designación de un defensor de oficio a un servidor público o particular señalado como presunto responsable, se basa en los artículos 208, fracción II y 209 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA). Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160352524000005