Michoacán - ZITÁCUARO - (MICH)
Solicitud del día 06/06/2024 a la dependencia Michoacán - ZITÁCUARO - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónEs de mi interés conocer quién autorizó la construcción de un puesto fijo en la esquina de Morelos con Allende para un local que con anterioridad era semifijo y ahora tienen hasta cortinas, es un local abajo de la banqueta. Así como saber quién es el dueño o encargado de ese local que tramitó ese permiso. Adjunto foto del local de mi pregunta. Respuesta del día27/06/2024Texto de respuestaEl ayuntamiento de Zitácuaro, Michoacán2021-2024, atendiendo al principio de máxima publicidad y garantizando el principio democrático de la misma materia respecto de los actos de gobierno, emite la presente respuesta en los siguientes términos: Se hace de su conocimiento que de conformidad con los oficios girados a esta Unidad de Transparencia números 200/2024, 544/2024, y 737/2024, de datas 11, 12, y 14 de junio, todos ellos del año 2024 recibidos por esta Unidad de Transparencia los días los días 11, 12 y 14, del mes y año de su presentación, emitidos por los C. C. Isaac Derek Gallegos Coria, Ing. Marco Antonio Jaimes Aguilar, en su carácter de Director de Ingresos Municipales, Secretario de Obras Públicas, Urbanismo, Movilidad y Vivienda Municipal y Secretario de Servicios Ciudadanos respectivamente del Municipio de Zitácuaro, Michoacán, se le envía la respuesta en los siguientes términos: 1.- En relación a su primera pregunta, se le informa que no existe permiso o autorización de ningún funcionario facultado para ello, y mucho menos de funcionario que no esté facultado para expedir permisos para construcción y o de remodelación del local semifijo a fijo en el lugar que indica en su solicitud. Sobre los datos del propietario del puesto de referencia, la Secretaría de Servicios Ciudadanos no está facultada para proporcionar datos personales de los integrantes contenidos en el padrón de comerciantes con los que se cuenta, ya que no es un servidor público y se adoptan las medidas necesarias que garanticen la seguridad de sus datos personales evitando así el acceso no autorizado de su titular para compartirlos, esto es así con fundamento en el artículo 33 fracción VI y segundo párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de datos personales del Estado de Michoacán de Ocampo en vigor, que a la letra reza: Artículo 33 Los sujetos obligados serán responsables de los datos personales en su posesión y, en relación con éstos deberán:”…………………………………………. VI. Adoptar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizado. Los Sujetos obligados no podrán difundir, distribuir comercializar los datos personales contenidos en su sistema de información, desarrollados con el ejercicio de sus funciones, salvo que haya medido consentimiento expreso, por escrito o por un medio de autentificación similar, de los individuos a que haga referencia la información de acuerdo a la normatividad aplicable. Lo anterior, sin perjuicio a lo establecido por la ley. NOTA: SE ADJUNTA ARCHIVO PDF QUE CONTIENE RESPUESTA INTEGRALArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160352724000035