Michoacán - Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán - (MICH)
Solicitud del día 09/02/2024 a la dependencia Michoacán - Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónSolicito me proporcione el manual de procedimientos de su órgano interno de control, o en su caso, el manual de procedimientos y/o documento que contenga la descripción sistemática y ordenada de las actividades que realiza su órgano interno de control para el ejercicio de las atribuciones que tienen encomendadas de acuerdo a la normativa.Respuesta del día06/03/2024Texto de respuesta“Después de una búsqueda exhaustiva en los registros de esta Comisión de Órgano Interno y, del estudio del requerimiento de la solicitud de información correspondiente, se informa lo siguiente: Las atribuciones encomendadas por este órgano se encuentran en la Ley de la Comisión Estatal de los derechos humanos en Michoacán en su artículo 40, que a la letra dice: Artículo 40. El titular del Órgano Interno de control tendrá las siguientes atribuciones: I. Diseñar, desarrollar y mantener actualizado el registro de las leyes, acuerdos, reglamentos, manuales, instructivos y en general de todas las normas a las que deba sujetarse la Comisión; así como, controlar, fiscalizar e inspeccionar su cumplimiento; II. Vigilar que las erogaciones de la Comisión se ajusten al presupuesto autorizado y se ejerza en términos de la normativa aplicable; III. Vigilar y supervisar que los servidores públicos de la Comisión cumplan con las normas y disposiciones en materia de sistemas de registro y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles, almacenes, activos y recursos materiales y demás aplicables; IV. Realizar auditorías de desempeño, con las que se evaluará el resultado de programas y tendrán por objeto analizar la efectividad y la congruencia alcanzadas en el avance presupuestal, y en el logro de los objetivos y metas establecidos; V. Realizar auditorías de operación, visitas de inspección y reuniones de evaluación en todas las áreas de la Comisión, para analizar la eficacia obtenida en relación con la asignación de recursos humanos, materiales y financieros, mediante el análisis de la estructura organizacional de los sistemas operativos y de información; VI. Realizar auditorías económicas y financieras, que comprenderán el examen de las transacciones, operaciones y registros financieros, para determinar si la información que se produce al respecto es confiable y oportuna; VII. Promover y sugerir en el ámbito de su competencia, la aplicación de medidas o programas que contribuyan a mejorar, agilizar o modernizar aquellos procesos, sistemas o procedimientos de carácter administrativo que permitan un flujo más eficiente de los recursos presupuestarios, así como una administración de los recursos humanos, materiales y técnicos; VIII. Recibir y atender las quejas y denuncias en contra de los servidores públicos de la Comisión, derivadas de inconformidades en materia de prestación de servicios y adquisiciones, así como realizar las investigaciones correspondientes, turnándolas en su caso, a la Auditoría Superior de Michoacán para los efectos a que haya lugar, debiendo informar al Presidente lo conducente. IX. Presentar las denuncias que correspondan ante el Ministerio Público; X. Recibir y registrar las declaraciones patrimoniales que deban presentar los servidores públicos de la Comisión; así como, verificar y practicar las investigaciones que fueran pertinentes de conformidad con la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán y sus Municipios y las disposiciones reglamentarias aplicables; XI. Intervenir en la entrega y recepción de las distintas áreas de la Comisión; y, XII. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables. Asimismo adjuntamos el Acuerdo del Consejo de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, relativo a los Lineamientos de Entrega-Recepción de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán de Ocampo, el cual pertenece a una de las atribuciones que realiza este órgano interno de control. El presente acuerdo se puede consultar en el presente link: https://cedhmichoacan.org/images/PDF/Normativa/LINEAMIENTOS_PARA_LA_ENTREGRA-RECEPCION_CEDH.pdf” https://cedhmichoacan.org/images/PDF/Normativa/REGLAMENTO_DE_LA_LEY_CEDH.pdf https://celem.michoacan.gob.mx/destino/2017/O12497fue.pdfArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160352824000021