Michoacán - Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán - (MICH)
Solicitud del día 28/02/2024 a la dependencia Michoacán - Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónLos linchamientos, de acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2019), son actos de “agresión física que lleva a cabo un grupo de personas, incitados por la propia multitud, en contra de una o más personas, con el pretexto de ser supuestamente sancionada(s) por la colectividad por la presunta comisión de una conducta delictiva o en agravio de la comunidad, justificándose en la inoperancia de la autoridad, a la que consideran no sancionará a los responsables, por lo tanto, deciden tomar la justicia en sus manos y castigar de manera corporal, directa e inmediata a los sujetos presuntamente responsables, sin permitirles defensa alguna, lo que puede llegar a provocar su muerte” (p. 230). De acuerdo con esta definición, solicito de la manera más atenta me puedan proporcionar en formato PDF, las recomendaciones sobre linchamientos que su organismo constitucionalmente autónomo ha emitido de enero de 2015 a diciembre de 2023. Respuesta del día06/03/2024Texto de respuestaC. Andréx Echeverría Zapata P r e s e n t e.- En atención a la solicitud de información presentada a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos Michoacán a través del Sistema SISAI 2.0 de la Plataforma Nacional de Transparencia y registrada con el folio 160352824000026, con fundamento en lo establecido en los artículos 64, 67, 75, 76 Y 126 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, me permito poner a su disposición la respuesta emitida por la Coordinación de Orientación Legal, Quejas y Seguimiento, en la que se indica que, en los archivos de la comisión, no obra constancia de la información solicitada. En archivo adjunto se presenta el acuerdo de respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160352824000026