Michoacán - Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán - (MICH)
Solicitud del día 28/02/2024 a la dependencia Michoacán - Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónSolicito el total de quejas existentes en contra del Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas A.C. Y/O CECACIJUC A.C., con su respectiva resolución durante el periodo 2014-2024 (febrero). Desglosar la información por año. Asimismo, solicito la versión pública de dichas quejas.Respuesta del día11/03/2024Texto de respuestaDespacho Jurídico P r e s e n t e.- En atención a la solicitud de información presentada a la Comisión Estatal de Derechos Humanos Michoacán a través del Sistema SISAI 2.0 de la Plataforma Nacional de Transparencia y registrada con el folio 160352824000028, con fundamento en los artículos 64, 67, 75, 76 Y 126 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, me permito poner a su disposición la respuesta emitida por la Visitaduría Regional de Morelia, en la que se informa lo siguiente: “Después de una búsqueda exhaustiva en los registros de la Visitaduría Regional de Morelia y dando cumplimiento en tiempo y forma a la solicitud en cita, se desprende que, del periodo comprendido del 01 de enero de 2014 al 29 de febrero de 2024, se dio inicio al trámite de queja de 01 expediente, donde se señala como Presunta Autoridad Responsable a Personal del Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas, por la Presunta Violación al Derecho a la Educación, asimismo, no omito manifestar que el expediente de queja se encuentra en integración por lo que su estado procesal es en Trámite, no siendo posible remitir versión pública de las constancias que integran el expediente de queja, ateniendo lo establecido en el Acuerdo de Clasificación de Información Respecto de Expedientes de Queja en su Modalidad de Reservada y Confidencial número CEDH/CGV/001/2023, suscrito por el Lic. Juan Plancarte Esquivel, Coordinador General de Visitadurías y la Lic. Amelia Gil Rodríguez, Coordinadora de Orientación Legal, Quejas y Seguimiento de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán de Ocampo, publicado el 17 de abril de 2023, donde en el numeral 23, se señala lo que a la letra dice “Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 6, apartado A, en relación con el numeral 102 fracciones V y XI de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, se clasifica como reservada la información que se genera, mantiene, adquiere, transforma o posee, o que se encuentra en trámite en la Coordinación de Orientación Legal, Quejas y Seguimiento y en las Visitaduría de la CEDH, derivada de las investigaciones de quejas, medidas cautelares, acciones de contención como acompañamientos, canalizaciones y asesorías a las personas, por contener documentos, registros imágenes, constancias, reportes o cualquier otra información que forme parte de los expedientes de las quejas, en virtud de que, la información que se genera durante el proceso, al no ser protegida, podría generar un daño probable y demostrable en perjuicio de las partes involucradas y del interés público, que pueda poner en peligro la vida, la seguridad o la salud, o bien, obstaculizando la debida conducción del proceso y la toma de decisiones, lo anterior en relación con los supuestos contenidos en las fracciones V y XI del numeral 102 de la citada Ley de Transparencia, en congruencia con el párrafo anterior”. En virtud de lo anterior, se adjunta al presente el Acuerdo de Respuesta emitido dentro de la solicitud de información en cuestión.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160352824000028