Michoacán - Instituto Electoral de Michoacán - (MICH)
Solicitud del día 05/03/2024 a la dependencia Michoacán - Instituto Electoral de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán
Descripciónse deben de seguir publicando las obligaciones de transparencia, enmarcadas en el articulo 35 y 36 de la ley de transparencia del estado de Michoacán, durante el proceso electoral de los ayuntamientos ? respuesta afirmativa o negativa fundamentada en ley Otros datosfavor de atender dentro de la brevedad posible Respuesta del día14/03/2024Texto de respuestaSolicitante: gerardo Solicitud: 160352924000048 Presente. Con relación a su solicitud de información con el folio arriba señalado, y, de conformidad con los artículos 65, 67, 72 y 75 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, adjunto al presente en formato PDF se da respuesta a su solicitud de información, toda vez que, la respuesta excede la capacidad máxima de caracteres permitidos por la Plataforma Nacional de Transparencia. Atentamente Lic. Abraham Salguero Cruz Encargado de Despacho de la Coordinación de Transparencia y Acceso a la InformaciónArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160352924000048