Michoacán - Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales - (MICH)
Solicitud del día 22/04/2024 a la dependencia Michoacán - Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónQuiero conocer acerca del promedio de niños y niñas laborando en el estado de Michoacán y las razones por las que se encuentran trabajando, si se conocen casos de niños y niñas que hayan sido protegidos por la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes para evitar el trabajo infantil. Respuesta del día24/04/2024Texto de respuestaOrientación. De acuerdo con el artículo 72 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo , los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones. En atención a las atribuciones del IMAIP, establecidas en el artículo 117 de la citada Ley, se le informa que el IMAIP no genera información ni resguarda documentos relacionados con trabajo infantil en el Estado de Michoacán. Se determina la incompetencia legal del IMAIP para responder su solicitud de información. No obstante, con esta fecha y mediante la PNT dirijo su solicitud de información a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, a la Secretaría de Gobierno y al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, para que respondan u orienten. No es necesario que Usted presente nuevamente su solicitud de información ante esos sujetos obligados.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160353024000069